Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2013 (21/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 21 de diciembre de 2013

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Fiscal 2013 de los Proyectos de Inversion y el Estudio de Preinversion seleccionados y priorizados por el Comite Tecnico del Fondo MI RIEGO, segun el cronograma de inversion de los Proyectos de Inversion Publica senalados en el considerando precedente, alcanza la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 870 638,00); asimismo, senala que los referidos proyectos han sido declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica, y que cumplen con los requisitos senalados en el Reglamento del Fondo MI RIEGO, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2013-AG; Que, ademas, dicha Unidad de Presupuesto Sectorial senala que la existencia de recursos del Fondo MI RIEGO, autorizados mediante el Decreto Supremo N° 208-2013EF, que no seran ejecutados en el presente ano fiscal, responde a los retrasos en la compatibilizacion en MORDAZA de los proyectos de inversion publica y en el desarrollo de los procesos de seleccion, hasta el consentimiento de la Buena Pro, cuyo financiamiento se otorgo en el MORDAZA del citado Decreto Supremo; por lo que, considera, conforme a las proyecciones al cierre del ano fiscal 2013 que existirian recursos sin ejecutar hasta por la suma de NUEVE MILLONES CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 108 886,00), los cuales podran ser utilizados por el Ministerio de Agricultura y Riego para financiar los nuevos Proyectos de Inversion Publica y el Estudio de Preinversion seleccionados y priorizados por el Comite Tecnico del Fondo MI RIEGO en el presente ano fiscal, para lo cual el pliego realizara modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico, de conformidad con el literal a) del numeral 41.1 del articulo 41 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, en la Sesion Ordinaria N° 17 de fecha 20 de setiembre de 2013, el Comite Tecnico del Fondo MI RIEGO adopto el Acuerdo Nº 69-2013-MINAGRI-CTMR, a traves del cual se aprobo por unanimidad la propuesta del Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ­ OPP del Ministerio de Agricultura y Riego, miembro del Comite Tecnico, respecto a la utilizacion de recursos que han sido incorporados a favor del Pliego Ministerio de Agricultura y Riego, a traves del Decreto Supremo N° 208-2013-EF para financiar proyectos en el MORDAZA del Fondo MI RIEGO y que no seran ejecutados al cierre del ano fiscal 2013, con el fin de que tales recursos MORDAZA destinados a financiar nuevos proyectos aprobados y priorizados por el citado Comite Tecnico del Fondo en el presente ano fiscal; Que, mediante Oficio Nº 1056-2013-MINAGRI-SG la Secretaria General del Ministerio de Agricultura y Riego, solicita se autorice la utilizacion de los saldos proyectados de los recursos a favor del Pliego 013 Ministerio de Agricultura y Riego, a fin de financiar la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica y el Estudio de Preinversion a que se refieren los considerandos precedentes, con cargo a los recursos del Fondo MI RIEGO que no seran ejecutados al cierre del ano fiscal 2013; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la utilizacion de los recursos incorporados por el Decreto Supremo N° 208-2013-EF, que no seran ejecutados al cierre del ano fiscal 2013, de acuerdo a lo senalado por la Unidad de Presupuesto Sectorial de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, hasta por la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 870 638,00) para ser destinados en el presente ano fiscal, a la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica y el Estudio de Preinversion que resultaron aprobados y priorizados por el Comite Tecnico de MI RIEGO, conforme a lo establecido en el Reglamento del Fondo MI RIEGO, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2013-AG; De conformidad, con lo dispuesto en la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y el Decreto Supremo N° 002-2013-AG; DECRETA: Articulo 1.- Autorizacion de la utilizacion de los saldos proyectados en el MORDAZA de la Quincuagesima

Autorizan la utilizacion de los recursos del Fondo de Promocion del Riego en la MORDAZA - Mi Riego en el MORDAZA de la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 338-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se crea el Fondo de Promocion del Riego en la MORDAZA MI RIEGO, a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego, orientado a reducir las brechas en la provision de los servicios e infraestructura del uso de los recursos hidricos con fines agricolas que tengan el mayor impacto en la reduccion de la pobreza y la pobreza extrema, en el MORDAZA ubicadas por encima de los 1,500 metros sobre el nivel MORDAZA, a traves del financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de los tres niveles de gobierno, incluyendo los Estudios de Preinversion; Que, la mencionada Disposicion Complementaria Final dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Agricultura y Riego, a propuesta de este ultimo, se autoriza la utilizacion de los recursos del Fondo MI RIEGO para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica declarados viables por el Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP y de Estudios de Preinversion, para la provision de los servicios e infraestructura senalados en el considerando anterior, en funcion de las solicitudes seleccionadas, presentadas por los tres niveles de gobierno, que previamente han cumplido con suscribir un convenio con el Ministerio de Agricultura y Riego; Que, en los articulos 4 y 5 del Decreto Supremo N° 002-2013-AG ­ Aprueba el Reglamento del Fondo de Promocion del Riego en la MORDAZA - MI RIEGO, se establece que el Fondo MI RIEGO estara a cargo de un Comite Tecnico, que tiene como funcion, entre otras, la de aprobar la seleccion y priorizacion de los Proyectos y Estudios de Preinversion a ser financiados por el indicado Fondo, para lo cual cuenta con una Secretaria Tecnica encargada de recibir, registrar, analizar y proponer al Comite Tecnico, previo informe, la aprobacion de los Proyectos y Estudios de Preinversion seleccionados y priorizados para su atencion por el Fondo MI RIEGO; Que, mediante el Oficio N° 2619-2013-MINAGRIDVM-DIAR/DGIH, el Director General de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica del Ministerio de Agricultura y Riego, hace de conocimiento que en las Sesiones Ordinarias N°s 18, 20, 21, 22, 24 y 25 de fechas 25 de setiembre, 14 y 24 de Octubre, 06 y 26 de Noviembre y 06 de Diciembre del 2013, respectivamente, el Comite Tecnico del Fondo MI RIEGO ha aprobado la seleccion y priorizacion, entre otros, la ejecucion de diecisiete (17) Proyectos de Inversion Publica y un (01) Estudio de Preinversion, de los cuales la Unidad Ejecutora 006 Programa Sub Sectorial de Irrigacion PSI estara a cargo de dos (02) Proyectos de Inversion Publica, la Unidad Ejecutora 011 Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL estara a cargo de catorce (14) Proyectos de Inversion Publica, asi como de un (01) Estudio de Preinversion y la Unidad Ejecutora 017 Binacional Lago Titicaca estara a cargo de un (01) Proyecto de Inversion Publica; hasta por la suma total de CIENTO CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 114 409 252,00), a ser financiados por el referido Fondo, en el MORDAZA de las disposiciones establecidas en el mencionado Reglamento; Que, la Unidad de Presupuesto Sectorial de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, a traves del Informe Nº 2392013-MINAGRI-UPRES/OPP, establece que el monto correspondiente a la ejecucion presupuestal del Ano

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