Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2013 (21/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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El Peruano Sabado 21 de diciembre de 2013

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Rural
DECRETO SUPREMO N° 340-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; asi como, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento, conforme a Ley; Que, el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, creo el Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE, el mismo que se encuentra a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ­ MIDIS, con la finalidad de financiar la elaboracion de estudios de preinversion, ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas juridicas privadas, para la ejecucion de la infraestructura de agua y saneamiento, electrificacion, telecomunicaciones y caminos vecinales, en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con mas del 50% de hogares en MORDAZA de inclusion conforme a lo determinado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, asi como en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas de frontera, y en las zonas de influencia de estos, con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios basicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de MORDAZA en los hogares rurales; Que, asimismo, dicho articulo establece que las entidades del Gobierno Nacional pueden suscribir convenio, u otros documentos, con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y/o personas juridicas privadas, segun corresponda, para la ejecucion de los mencionados proyectos de inversion publica, y/o actividades, cuya transferencia para el caso de las entidades del gobierno nacional se realiza bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel Institucional aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a solicitud de este ultimo, y se incorporan en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y gobiernos locales en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 292-2013EF, se autoriza la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de CIENTO VEINTIUN MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 121 048 295,00), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para financiar la ejecucion de 358 intervenciones en infraestructura de servicios, correspondiendo al Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 88 573 391,00); Que, el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, precisando que dichas transferencias se realizan mediante decreto supremo

refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, mediante Memorandum N° 1348-2013VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley N° 29951, y la Sexta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 002-2012-VIVIENDA, modificado mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-VIVIENDA, solicita a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del citado Ministerio, gestionar el dispositivo que autorice una transferencia de recursos por la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 88 573 391,00), a favor de diversos gobiernos locales, para financiar mediante Transferencia de Partidas cincuenta y seis (56) proyectos de inversion publica de saneamiento ubicados en el ambito rural, los cuales se encuentran viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica, precisando que se cuenta con los respectivos convenios suscritos y que la citada transferencia se financia con cargo a los recursos del FONIE, fuente de financiamiento Recursos Determinados, incorporados al presupuesto de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, via Credito Suplementario autorizado por el Decreto Supremo N° 292-2013-EF; Que, con Memorandum Nº 2681-2013/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales, hasta por la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 88 573 391,00), para el financiamiento de cincuenta y seis (56) proyectos de inversion publica de saneamiento rural, declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, para lo cual se han suscrito los convenios correspondientes; asimismo, informa que cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma MORDAZA referida, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados, provenientes del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE; en merito de lo cual, con Oficio N° 3662-2013-/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita la transferencia de los recursos correspondientes; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales, hasta por la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 88 573 391,00), para el financiamiento de cincuenta y seis (56) proyectos de inversion publica de saneamiento rural; De conformidad con lo establecido en el articulo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, a favor de diversos gobiernos locales, hasta por la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 88 573 391,00), para el financiamiento de cincuenta y seis (56) proyectos de inversion publica de saneamiento rural, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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