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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de enero de 2013 486272 oportunidades de los participantes, y por otro la mayor difusión del proceso, es necesario disponer lo pertinente a fi n que los mismos se realicen dentro de los parámetros establecidos por la normativa vigente, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 27736 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se debe designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Sede del Gobierno Regional Lambayeque al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a fi n que se realice la publicación respectiva en el Servicio Nacional del Empleo; Estando a lo actuado, con la conformidad de la Secretaría General, las visaciones de las Ofi cinas Regionales de Administración y Asesoría Jurídica; en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modifi catoria la Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al funcionario Eco. VICTOR HUGO MIRANDA MONTEZA Jefe de la Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional Lambayeque como responsable de las gestiones ante la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Artículo 3º.- Publíquese y notifíquese conforme la Ley. Regístrese, comuníquese y archívese. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente Regional 888064-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Independencia DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2013-MDI Independencia, 3 de enero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; VISTO: El Informe Nº 097-2012-GPPR/MDI, mediante el cual la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, solicita la incorporación de funciones de la Secretaría General, así como efectuar la subsanación de nombres y funciones y precisiones a las funciones en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza Nº 266-2012-MDI, con el propósito de planificar el funcionamiento de la organización municipal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26º de la Ley 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” y bajo los lineamientos establecidos en el D.S. Nº 043-2006-PCM, el Concejo Municipal mediante Ordenanza Nº 266-2012-MDI aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Independencia, el mismo que a la fecha se encuentra vigente; Que, en la Tercera Disposición Complementaria y Final del mencionado Reglamento de Organización y Funciones, se autorizó al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía proceda a su modifi cación, siempre y cuando no implique la variación de la estructura orgánica aprobada, poniendo en conocimiento del Concejo Municipal; Que, en este contexto, del Informe de vistos se desprende la necesidad de incorporar funciones con el propósito de ordenar y ejercer control acerca de la correcta notifi cación y correspondencia generada por cada unidad orgánica de la Entidad; centralizando tal función en la Secretaría General, a efecto de evitar la duplicidad de labores, con evidente perjuicio para la Municipalidad; Que, asimismo, se hace necesario enmendar los nombres de la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal, así como de la Sub Gerencia de Autorizaciones, Comercialización y Anuncios, con el objeto que guarden concordancia en los artículos pertinentes del Reglamento de Organización y Funciones; Que, por otro lado, es conveniente el traslado de las funciones relacionadas con el servicio de limpieza y mantenimiento de los locales de la Municipalidad, debiendo asumirlo la Sub Gerencia de Limpieza Pública de la Gerencia de Gestión Ambiental; Que, en este contexto y habiendo la Sub Gerencia de Planifi cación y Racionalización efectuado una revisión integral al Reglamento de Organización y Funciones con el aporte de los Gerentes y Sub Gerentes, se hace necesario tomarlos en consideración, toda vez que ellos no signifi can el cambio estructural de la organización municipal; Estando a la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Legal con Informe Nº 800-2012-GAL/MDI; y contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Secretaría General; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; y con cargo de dar cuenta al Concejo Municipal; SE DECRETA: Artículo 1º.- INCORPORAR en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Independencia, las siguientes funciones: a) Los literales o) y p) en el Artículo 52º, a cargo de la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y la Comunicación: o) Elaborar, implementar y supervisar el cumplimiento de los diversos planes de índole informático. p) Cumplir con los lineamientos establecidos por la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática – ONGEI, acorde con la política nacional de informática y el Plan de Desarrollo Informático vigente. b) Los literales s.1), s.2) y s.3) en el Artículo 54º, a cargo de la Gerencia de Promoción de la Inversión y Cooperación: s.1) Programar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar los procesos de promoción de la inversión privada s.2.) Formular y proponer a la Alta Dirección el Plan Anual de Promoción de Inversión Privada que contenga los objetivos, las políticas, lineamientos, estrategias, actividades, procedimientos y cronograma de ejecución. s.3) Formar parte de la administración del Fondo Municipal de Promoción de la Inversión Privada – FOMPRI y de otros fondos de similar naturaleza. c) El literal f) en el Artículo 54º, a cargo de la Gerencia de Promoción de la Inversión y Cooperación: f) Efectuar la gestión de fi nanciamiento de proyectos ante los organismos internacionales de cooperación técnica no reembolsable. d) Los literales h) y j) en el Artículo 57º, a cargo de la Secretaría General: Dice: h) Certifi car los documentos realizados por el concejo Municipal y de las Normas emitidas por el Alcalde. j) Suscribir conjuntamente con el Alcalde, las Actas de las Sesiones de Concejo.