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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2013 (16/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de enero de 2013 486274 Dice: l) Promover y/o participar en los diferentes eventos que incentiven la inversión pública y privada para el desarrollo de la población del distrito. j) Elaborar el directorio de instituciones públicas y privadas vinculadas con el fi nanciamiento de proyectos de inversión. Debe Decir: j) Elaborar y mantener actualizado el directorio de instituciones públicas y privadas vinculadas con el fi nanciamiento de proyectos de inversión. l) Promover, convocar y/o participar en los diferentes eventos que incentiven la inversión pública y privada para el desarrollo de la población del distrito. Artículo 9º.- MODIFICAR el literal j) del Artículo 59º.- Son funciones de la Sub Gerencia de Participación Vecinal: Dice: J).- Realizar la Función de Conciliación de función extrajudicial a efecto de resolver confl ictos entre vecinos o entre Organizaciones sociales de la jurisdicción, coordinando estrechamente con la Gerencia de Asesoría Legal. Debe Decir: j) Realizar la función de facilitador y/o mediador cuando versen confl ictos entre vecinos o entre Organizaciones sociales de la jurisdicción. Artículo 10º.- MODIFICAR el literal d) del Artículo 63º, son funciones y atribuciones de la Gerencia de Administración y Finanzas: Dice: d) Controlar el margesí de bienes de la Municipalidad y las acciones derivadas de su administración, a través de la Sub Gerencia de Logística. Debe Decir: d) Controlar el margesí de bienes de la Municipalidad y las acciones derivadas de su administración, a través de la Sub Gerencia de Patrimonio y Servicios Generales. Artículo 11º.- MODIFICAR los literales c) y d) del Artículo 74º.- Son funciones de la Sub Gerencia de Patrimonio y Servicios Generales: Dice: d) Programar y controlar los trabajos de mantenimiento, conservación y limpieza de los locales municipales, así como ejecutar y controlar el mantenimiento preventivo de los bienes muebles, inmuebles y equipo no informático de la Municipalidad. c) Programar, controlar y mantener actualizada la información referente a los servicios de agua, energía eléctrica, telefonía fi ja, telefonía celular y radio comunicación de la Municipalidad, así como supervisar el uso correcto, la operatividad y calidad de los mismos. Debe Decir: c) Programar, controlar y mantener actualizada la información referente a los servicios de agua, energía eléctrica, telefonía fi ja, telefonía celular y radio comunicación de la Municipalidad, así como supervisar el uso racional, la operatividad y calidad de los mismos. d) Programar y controlar los trabajos de mantenimiento y conservación de los locales municipales, así como ejecutar y controlar el mantenimiento preventivo de los bienes muebles, inmuebles y equipo no informático de la Municipalidad. Artículo 12º.- MODIFICAR los literales a), b), e) y f) del Artículo 93º.- Son funciones de la Sub Gerencia de Autorizaciones, Comercialización y Anuncios: Dice: a) Emitir Resoluciones de la Sub Gerencia aprobando el Certifi cado de la Licencia de Funcionamiento Indeterminada, Temporal, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento Ley Nº 28976. b) Otorgar y/o Revocar las Licencias de Funcionamiento Indeterminadas, temporal a establecimientos comerciales, industriales, profesionales, etc. e) Otorgar y/o Revocar las Autorizaciones Temporales por ocupación de la vía pública del comercio informal en zonas autorizadas, de asociaciones formalizadas reconocidas por la Municipalidad, ferias realizadas en propiedades privadas, con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA vigente y Ordenanzas que autoricen giro y zonas establecidas en la jurisdicción del distrito. f) Otorgar y/o revocar las autorizaciones sobre anuncios publicitarios, propagandas, banderolas, afiches, volantes, perifoneo, publicitario etc. en zonas de competencia distrital, con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA y/o Ordenanzas que regulan los anuncios en la jurisdicción del distrito. Debe Decir: a) Emitir Resoluciones de Sub Gerencia aprobando otorgar la Licencia de Funcionamiento Indeterminada o Temporal, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento Ley Nº 28976. b) Otorgar y/o Revocar las Licencias de Funcionamiento Indeterminadas o Temporales, para establecimientos comerciales, industriales, profesionales y similares. e) Evaluar las solicitudes para Otorgar y/o Revocar las Autorizaciones Temporales por ocupación de la vía pública del comercio informal en zonas autorizadas, de asociaciones formalizadas reconocidas por la Municipalidad, ferias realizadas en propiedades privadas, de conformidad con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA vigente y Ordenanzas que autoricen el giro y las zonas establecidas en la jurisdicción del distrito. f) Evaluar y resolver las solicitudes de autorización de ubicación de anuncios y avisos publicitarios, volanteo, perifoneo, promociones y similares en las zonas de competencia distrital, de conformidad con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA vigente y/o Ordenanza que regulen la ubicación de los anuncios en el distrito. Artículo 13º.- MODIFICAR los literales i), j) del Artículo 102º.- Son funciones de la Sub Gerencia de Defensa Civil: Dice: i) Actuar como Secretario Técnico de la Plataforma de Defensa Civil, dependiendo administrativamente de la Gerencia de Gestión Urbana y funcionalmente del Alcalde y el INDECI. j) Emitir las certifi caciones correspondientes para los trámites de solicitud de licencia de funcionamiento y otras que le sean requeridas. Debe Decir: i) Actuar como Secretario Técnico de la Plataforma de Defensa Civil, dependiendo directamente del Alcalde en su calidad de Presidente de la Plataforma de Defensa Civil, informando a la Gerencia de Gestión Urbana. j) Administrar las inspecciones técnicas de seguridad en defensa civil y emitir la certifi cación correspondiente. Artículo 14º.- ENCARGAR a la Secretaría General, dar cuenta al Concejo Municipal en la más inmediata Sesión de Concejo, así como de la publicación del presente dispositivo municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, y en el Portal Institucional de la entidad (www.muniindependencia.gob. pe). Artículo 15º.- ENCARGAR a la Secretaría General, Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 888604-1