Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2013 (28/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 28 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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Estando a los expuesto, y en uso de las facultades establecidas por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, Decreto Supremo No. 042-2011-PCM y Articulo 20º. Inciso 6) de la Ley No. 27972. SE RESUELVE: Articulo Primero: DESIGNAR al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sub Gerente de Personal de la Municipalidad Distrital de Brena, como responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Brena, quien debera velar por el correcto uso y brindar respuesta oportuna a los reclamos que fuesen registrados en el referido Libro. Articulo Segundo: Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena www.munibrena.gob.pe a cargo de la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad . Articulo Cuarto: ENCARGAR a la Secretaria General notificar la presente MORDAZA al interesado para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 893805-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban la separacion de la Municipalidad de Miraflores de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro"
ORDENANZA Nº 398/MM Miraflores, 24 de enero de 2013 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, se establece el MORDAZA juridico para el desarrollo y promocion de las relaciones entre las municipalidades, de acuerdo con lo previsto en el articulo 124 de la Ley N° 27972, mediante la creacion de la Mancomunidad Municipal; Que, el articulo 5, numeral 5.1, de la Ley N° 29029, modificada por la Ley N° 29341, prescribe que la voluntad de constituir una Mancomunidad Municipal y su estatuto se aprueba mediante ordenanza de las respectivas municipalidades intervinientes, sustentada en los informes tecnicos que den viabilidad a su creacion;

Que, con la Ordenanza Nº 377/MM de fecha 12 de MORDAZA de 2012, se aprueba la constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro", de conformidad a lo establecido en el Acta de Constitucion de fecha 13 de octubre de 2011, suscrita por los senores Alcaldes de las Municipalidades de Barranco, MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, Lince, MORDAZA MORDAZA, Miraflores, Pueblo Libre, San MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA y Surquillo; Que, cabe precisar que mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 037-2012-PCM/SD de fecha 06 de junio de 2012, se inscribio en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro", reconociendosele la condicion de persona juridica de derecho publico, como entidad publica; Que, segun el articulo 9, numeral 8 de la Ley precitada establece que, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, desde la constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro", la Municipalidad de Miraflores ha intervenido en diversas reuniones sin haberse cumplido los objetivos propuestos, por lo que se ha visto por conveniente la separacion voluntaria de la mancomunidad referida; conforme a lo previsto en el articulo vigesimo MORDAZA del Estatuto de dicha mancomunidad, concordante con lo establecido en el articulo 14, numeral 14.1 del Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, asi como el articulo 10, numeral 10.1, de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD; peticion que es procedente por encontrarse acorde a ley; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Legal Nº 023-2013-GAJ/MM de fecha 16 de enero de 2013, concluye que la separacion voluntaria de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro" es atribucion de la Municipalidad de Miraflores y opera con la ordenanza de la municipalidad que se separa, por lo que, corresponde que el Concejo Municipal, de considerarlo pertinente, apruebe la propuesta de ordenanza presentada para estos efectos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9, numeral 8, y articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo, por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA SEPARACION DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL MORDAZA CENTRO Articulo Primero.- Aprobar la separacion de la Municipalidad de Miraflores de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro", segun lo establecido en articulo 14, numeral 14.1, del Decreto Supremo Nº046-2010PCM, concordante con el articulo 10, numeral 10.1, de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 2282010-PCM-SD, y el articulo vigesimo MORDAZA del Estatuto de la mencionada mancomunidad. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente ordenanza al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro", y a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicacion en el MORDAZA Institucional (www.miraflores.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 894244-1

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