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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (28/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2013 489698 Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 906103-3 Autorizan ingreso al territorio nacional de oficial de la República Federativa del Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 169-2013-DE/SG Lima, 27 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 132 del 19 de febrero de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-0628 del 20 de febrero de 2013, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 28 de febrero de 2013 al 9 de abril de 2014, a fi n de participar en un intercambio como Ofi cial de Enlace en la Escuela de Operaciones Ribereñas de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Teniente Capitán Helio Paiva Da Silva Junior, de la República Federativa del Brasil, del 28 de febrero de 2013 al 9 de abril de 2014, a fi n que participe en un intercambio como Ofi cial de Enlace en la Escuela de Operaciones Rivereñas de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 906102-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viajes a Francia y Panamá de la Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 047-2013-EF/10 Lima, 25 de febrero de 2013 VISTO: Los Ofi cios N° 024-2013-SUNAT/1M0000 y N° 026- 2013-SUNAT/1M0000, de la Secretaría Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viajes; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 15 de octubre de 2012, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico - OECD, a través del Jefe de la Unidad de Precios de Transferencia del referido organismo internacional, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para que participe en las reuniones sobre “Fiscalidad de las Empresas Multinacionales” del Grupo de Trabajo N° 6 (WP6), a realizarse según programa del 4 al 8 de marzo de 2013, en la sede de la OECD, ciudad de París, República Francesa; Que, el citado evento internacional incluye, entre otras, la 82° Reunión del Grupo de Trabajo N° 6: Régimen fi scal de las empresas multinacionales, a llevarse a cabo el 4 y 5 de marzo de 2013. En la 82° Reunión del Grupo de Trabajo N° 6: Régimen fi scal de las empresas multinacionales, organizada por la OECD, se analizará y debatirá, entre otros temas de importancia, sobre la Erosión de la Base y Ganancias de Cambio; Simplifi cación de Precios de Transferencial; Manual de Evaluación de Riesgos de Precios de Transferencia; y vista previa de la Reunión Anual del Foro Mundial; Que, asimismo, mediante comunicación de fecha 18 de enero de 2013, el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, ha convocado a la Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a la Reunión del Consejo Directivo del mencionado organismo internacional, en su condición de representante de Perú ante dicho Consejo, elegida en la 46° Asamblea General del CIAT del mes de abril de 2012, el cual se realizará el 7 y 8 de marzo de 2013, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, en la Reunión del Consejo Directivo del CIAT, se analizará y debatirá, entre otros temas de importancia, sobre el Anteproyecto del Plan Operativo Anual 2013-2014; la organización de la 47° Asamblea General de 2013; y el Plan Estratégico del CIAT 2013-2017, ajustado a las indicaciones del Consejo Directivo; Que, el Consejo Directivo del CIAT consta de nueve Consejeros, elegidos anualmente por la Asamblea General, y es responsable de la dirección y seguimiento del cumplimiento de las actividades y de la ejecución del presupuesto de dicho organismo internacional, así como de delinear las directivas estratégicas institucionales del CIAT. Para el periodo 2012-2013 está conformado por Argentina, Brasil, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Haití, Perú y Portugal, y está presidido por Chile; Que, en tal sentido, considerando la importancia que revisten las citadas 82° Reunión del Grupo de Trabajo N° 6 de la OECD y Reunión del Consejo Directivo del CIAT, para el desarrollo de las funciones de la SUNAT, que redundarán en el cumplimiento de sus metas y objetivos institucionales, se hace necesario que nuestro país se encuentre representado, por lo que se ha estimado conveniente la participación de la señora Tania Lourdes Quispe Mansilla, Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, en los mencionados eventos internacionales; Que, de acuerdo con el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, los viajes que efectúe el Superintendente Nacional serán autorizados mediante resolución expedida por el titular del Sector Economía y Finanzas; Que, teniendo en consideración que dichos viajes cumplen con los objetivos institucionales, resulta necesario