Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2013 (28/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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autorizar los viajes en comision de servicios de la citada funcionaria para que participe en la 82° Reunion del Grupo de Trabajo N° 6 de la OECD y Reunion del Consejo Directivo del CIAT; Que, en consecuencia, siendo de interes institucional y nacional, la participacion de la SUNAT en dichos eventos internacionales, resulta necesario por razones de itinerario y fines institucionales, autorizar los viajes, en comision de servicios, de la citada funcionaria, del 2 al 6 y del 6 al 9 de marzo de 2013; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y por viaticos; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes, en comision de servicios, de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, del 2 al 6 de marzo de 2013 a la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa y del 6 al 9 de marzo de 2013, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran cubiertos con cargo al Presupuesto de 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) Viaticos US $ 5 036,56 US $ 1 640,00

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

de los contratos de licencia asi como del 50% del valor de realizacion o venta descontados los costos hasta el punto de medicion de la produccion en los contratos de servicios, derivados de la explotacion de gas natural y condensados; Que, asimismo, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 27506 y sus modificatorias; establece los porcentajes y criterios de distribucion del Canon; Que, en ese sentido, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Resolucion Ministerial Nº 223-2011-EF-43, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, establece que los indices de distribucion del Canon Gasifero son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial, sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales, considerando los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, sobre la base de la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica mediante Oficio Nº 076-2013-INEI/DTDIS y por el Ministerio de Energia y Minas a traves del Oficio N° 022-2013-MEM/ VME, la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion del Canon Gasifero para el ano 2013 proveniente de regalias y la participacion del Estado en los contratos de servicios, segun lo indicado en el informe N° 008-2013-EF/64.03; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes es conveniente aprobar los Indices de Distribucion del Canon Gasifero para el ano 2013 proveniente de regalias y la participacion del Estado en los contratos de servicios; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27506, Ley de Canon, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y normas modificatorias, y el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los Indices de Distribucion del Canon Gasifero para el ano 2013, proveniente de regalias y la participacion del Estado en los contratos de servicios, a ser aplicados a las municipalidades provinciales, distritales y gobiernos regionales del MORDAZA beneficiados con este Canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- La presente Resolucion Ministerial y su respectivo Anexo seran publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

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Aprueban Indices de Distribucion del Canon Gasifero para el ano 2013
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 048-2013-EF/15
MORDAZA, 25 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, crea el canon a la explotacion del gas natural y condensados de gas denominado Canon Gasifero, el que beneficiara a la circunscripcion donde se encuentra ubicado geograficamente el recurso natural; Que, el citado articulo dispone que el Canon Gasifero se compone del 50% del Impuesto a la Renta obtenido por el Estado de las empresas que realizan actividades de explotacion de gas natural, del 50% de las regalias por la explotacion de tales recursos naturales, y de un porcentaje de los ingresos que obtiene el Estado por la explotacion de estos recursos naturales provenientes de contratos de servicios, de ser el caso. El porcentaje aplicable segun contrato sera fijado por decreto supremo; Que, el literal c) del articulo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y normas modificatorias, senala que el Canon Gasifero esta constituido por el 50% del Impuesto a la Renta, el 50% de las regalias provenientes

ANEXO INDICES DE DISTRIBUCION CANON GASIFERO 2013 PROVENIENTE DE REGALIAS Y LA PARTICIPACION DEL ESTADO EN LOS CONTRATOS DE SERVICIOS
DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/GOB.REGIONAL/GOB. LOCAL TOTAL GOBIERNOS LOCALES MORDAZA MORDAZA MORDAZA CCORCA POROY SAN MORDAZA SAN MORDAZA 0.0146857091 0.0011885118 0.0031678202 0.0077474226 0.0149650973 INDICE 1.0000000000

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