Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2013 (09/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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El Peruano Martes 9 de MORDAZA de 2013

Designan funcionarios responsables de brindar informacion que demanden las personas y de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 567-2013-DE/CCFFAA MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio Nº 879 CCFFAA/SG de fecha 08 de MORDAZA de 2013, del Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806 ­ "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", aprobado con Decreto Supremo N° 043-2003-PCM de fecha 22 de MORDAZA de 2003, establece que la citada Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2° de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 3° del citado Texto Unico Ordenado dispone que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administracion Publica, estan sometidas al MORDAZA de publicidad salvo las excepciones expresamente previstas en la mencionada Ley; asimismo, el articulo 8° de la misma Ley, dispone que las entidades deben identificar al funcionario responsable de brindar la informacion que es solicitada en virtud de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que, el articulo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado con Decreto Supremo N° 072-2003-PCM de fecha 06 de agosto de 2003, dispone que la designacion del funcionario o funcionarios responsables de entregar la informacion y del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo adicionalmente colocar MORDAZA de la misma en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 270-2012-DE de fecha 08 de marzo de 2012, se designo al General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y al Capitan de Fragata MORDAZA VARELA MORDAZA, Secretario del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, como funcionarios responsables de brindar la informacion que demanden las personas naturales o juridicas; asimismo, se designo al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Relaciones Publicas, Protocolo e Informacion del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion que se brinda a traves del MORDAZA de Transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, los Oficiales Superiores mencionados en el considerando precedente, por razones del servicio han sido cambiados de empleo, razon por la cual es necesario efectuar la nueva designacion del funcionario o funcionarios responsables de brindar informacion que demanden las personas naturales o juridicas, en virtud a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, asi como del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion que se brinda a traves del MORDAZA de Transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 ­ que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806 ­ "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" aprobado con Decreto Supremo N° 043-2003-PCM de fecha 22 de MORDAZA de 2003; y el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado con Decreto Supremo N° 072-2003-PCM de fecha 06 de agosto de 2003;

Estando a lo acordado con el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 270-2012 DE/ de fecha 8 de marzo del 2012. Articulo 2º.- Designar al Capitan de Navio AP MORDAZA RABINES Cuttin, Oficial Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y al Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Oficial Ejecutivo de la Secretaria General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como funcionarios responsables de brindar la informacion que demanden las personas naturales o juridicas, en virtud de lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" y su Reglamento. Articulo 3º.- Designar al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA ELGEGREN Apuela, Jefe del Departamento de Relaciones Publicas, Protocolo e Informacion de la 8a. Division del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion que se brinda a traves del MORDAZA de Transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en los portales institucionales del Ministerio de Defensa y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 959088-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Literal D del MORDAZA Apendice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y se dictan medidas para facilitar su aplicacion
DECRETO SUPREMO Nº 167-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 61º del Texto Unico Ordenado ­ TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se podran modificar las tasas y/o montos fijos, asi como los bienes contenidos en los Apendices III y/o IV; Que, se ha considerado conveniente modificar el MORDAZA Apendice IV del citado TUO; Que, por otro lado segun el articulo 52° del TUO de la Ley del IGV e ISC, la obligacion tributaria del ISC se origina en la misma oportunidad y condiciones que para el IGV senala el articulo 4° de dicho TUO; Que, a su vez el inciso g) del articulo 4° del TUO de la Ley del IGV e ISC establece que la obligacion tributaria del IGV se origina en la importacion de bienes, en la fecha en que solicita su despacho a consumo; Que, conforme al articulo 206° del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2009-EF y normas modificatorias, los derechos arancelarios y demas impuestos seran expresados en dolares de los Estados Unidos de America; Que, la regla anterior no resulta de aplicacion para el caso del Sistema Especifico del ISC conforme a lo dispuesto por el articulo 4° del Decreto Supremo N° 04997-EF, debiendo, en este caso, expresarse y abonarse el impuesto en nuevos soles;

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