Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2013 (09/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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del gasto en inversion y la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional; Que, la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, incorpora como parte de los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, el que en adelante se denomina "Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal", la simplificacion de tramites, la mejora en la provision de servicios publicos y la prevencion de riesgos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, estableciendose en el articulo 9 de dichos procedimientos que los recursos para el Plan de Incentivos en el ano 2013 seran distribuidos en dos partes, cada una hasta el 50% de los recursos asignados al Plan de Incentivos para el ano 2013; asimismo, MORDAZA partes condicionadas al cumplimiento de determinadas metas y a lo regulado sobre las condiciones de otorgamiento senalados en la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Que, de otro lado, el articulo 11 de los procedimientos aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, senala que la transferencia de los mencionados recursos a favor de las municipalidades que hayan cumplido con las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2012, se realiza a partir del mes de MORDAZA del ano 2013, mientras que los recursos correspondientes al cumplimiento de las metas alcanzadas al 31 de MORDAZA del ano 2013, se realiza a partir del mes de octubre del ano 2013; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 008-2013EF/50.01, cuyo anexo fue complementado mediante la Resolucion Directoral Nº 010-2013-EF/50.01, la Direccion General de Presupuesto Publico ha aprobado los resultados de la evaluacion del cumplimiento de las metas fijadas al 31 de diciembre de 2012 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal; Que, mediante los Oficios Nº 2459-2013-PCM/SG y Nº 12621-2013-MP-FN-SEGFIN, la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio Publico-Fiscalia de la Nacion, respectivamente, han informado, al MORDAZA de la Nonagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, que ningun Gobierno Local o titular de dichos pliegos se encuentran comprendidos en los alcances de la citada disposicion; Que, a traves de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, Ley Nº 29951, se autoriza al Poder Ejecutivo financiar el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal hasta por la suma de S/. 1 100 000 000,00 (MIL CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); senalandose que dichos recursos se incorporan en los gobiernos locales correspondientes mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados. La Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico mantiene los citados recursos en una cuenta que para tal efecto determine; Que, por tanto, corresponde autorizar la incorporacion de recursos via Credito Suplementario, hasta por la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 480 495 464,00), a favor de los Gobiernos Locales que han cumplido las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2012, del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal y que no se encuentran incursos en lo senalado en la Nonagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; De conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, la Ley Nº 29332 y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF; DECRETA: Articulo 1.-Objeto 1.1 Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO

El Peruano Martes 9 de MORDAZA de 2013

Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 480 495 464,00), a favor de los Gobiernos Locales que cumplieron las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2012, del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal, conforme al Anexo "Montos a transferir a favor de los Gobiernos Locales por el cumplimiento de las Metas fijadas al 31 de diciembre de 2012 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal (PI)", el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados En Nuevos Soles 480 495 464,00 ----------------------480 495 464,00 ============= En Nuevos Soles : Gobiernos Locales 5 : Recursos Determinados ----------------------TOTAL EGRESOS 480 495 464,00 =============

TOTAL INGRESOS

EGRESOS: PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1.2 Los pliegos habilitados senalados en el Anexo del presente Decreto Supremo, deberan incorporar los recursos que se indican en dicho Anexo, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, conforme lo dispone el articulo 2 de la Ley Nº 29332 y la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, sujetandose a lo establecido en el articulo 2 de la presente norma. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el presente Credito Suplementario aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1. del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que refiere el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a gastos que no se sujeten a las disposiciones de los articulos 1 y 5 de la Ley Nº 29332, y sus modificatorias. Articulo 4.- Publicacion Publiquese el presente Decreto Supremo, asi como el Anexo referido en el articulo 1, en el Diario Oficial "El Peruano". Dicho Anexo tambien debera ser publicado en el MORDAZA electronico institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

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