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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (12/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Miércoles 12 de junio de 2013 496970 Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG, establecen que la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos es el órgano encargado de brindar apoyo en materia de estadística y estudios económicos al Ministerio; y tiene la función específi ca de dirigir, consolidar y coordinar, a nivel nacional, la recopilación y acopio de la información estadística agraria que produzcan las entidades conformantes del Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2 del Reglamento para la formulación, aprobación y supervisión de la ejecución del Plan de Cultivo y Riego - PCR, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2005-AG, el Plan de Cultivo y Riego es el instrumento de planifi cación de la campaña agrícola en las áreas irrigadas de un Distrito de Riego, que se formulan en función a las políticas nacionales y regionales de producción agraria; a las condiciones hidrológicas, climatológicas, agrológicas y fi tosanitarias; y a la intención de siembra de los agricultores; Que, con Ofi cio Nº 0302-2013-AG-OEEE/0120-UE, el Director General de la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos, sustentado en el Informe Técnico Nº 002/2013-AG-OEEE/UE, de la Unidad de Estadística, solicita la aprobación de la Directiva Sectorial “Normas para la Estimación de Intenciones de Siembra de Principales Cultivos de Interés Nacional y Regional Campaña Agrícola 2013 - 2014”, con la fi nalidad de conocer las intenciones de siembra de los principales cultivos transitorios, para proporcionar información oportuna a los formuladores de políticas, organismos y dependencias del Ministerio de Agricultura, así como facilitar información a los agentes económicos de las Cadenas Agroproductivas para la planifi cación y programación de sus siembras; Que, con Ofi cio Nº 1416-2013-AG-OPP/UPS, el Director General de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo y remite el Informe Nº 0077-2013-AG-OPP-UPS, de la Unidad de Política Sectorial, en el cual se emite opinión favorable para la aprobación de la Directiva Sectorial “Normas para la Estimación de Intenciones de Siembra de Principales Cultivos de Interés Nacional y Regional Campaña Agrícola 2013 - 2014”, toda vez que, cumple con los lineamientos de política agraria y la programación establecida en el Plan Operativo Institucional 2013 de la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Sectorial “Normas para la Estimación de Intenciones de Siembra de Principales Cultivos de Interés Nacional y Regional Campaña Agrícola 2013 - 2014”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Tecnología de la Información publique la presente Resolución y la Directiva Sectorial “Normas para la Estimación de Intenciones de Siembra de Principales Cultivos de Interés Nacional y Regional Campaña Agrícola 2013 - 2014”, en el Portal del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Encargada del despacho del Ministerio de Agricultura NORMAS PARA LA ESTIMACIÓN DE INTENCIONES DE SIEMBRA DE PRINCIPALES CULTIVOS DE INTERÉS NACIONAL Y REGIONAL CAMPAÑA AGRÍCOLA 2013-2014 DIRECTIVA SECTORIAL N° 002-2013-AG-DM Formulada por: Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos Fecha: 10 de junio de 2013 I. OBJETIVO Normar las acciones para la Estimación de Intenciones de Siembra de los principales cultivos de importancia nacional y regional para la campaña agrícola 2013-2014. II. FINALIDAD Contar con información oportuna sobre Intenciones de Siembra y difundir a los productores, organizaciones y agentes económicos del sector, a fi n de orientar los procesos de producción, comercialización y consumo de alimentos. III. BASE LEGAL Resolución Ministerial Nº 0536-2002-AG - Aprueba Directiva Sectorial “Normas para la formulación, trámite, aprobación y actualización de Directivas”. Del 31.MAY.2002. Resolución Ministerial N° 0739-2002-AG. Crea la Comisión de Orientación al Productor Agropecuario. Del 07.AGO.2002. Decreto Supremo Nº 029-2005-AG, Aprueban Reglamento para la formulación, aprobación y supervisión de la ejecución del Plan de Cultivo y Riego – PCR. Del 09.JUL.2005. Resolución Ministerial N° 0731-2005-AG. Reglamento Interno de la Comisión del Plan Nacional de Siembras. Del 08.SET.2005. Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que Aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura. Del 13.MAR.2008. Decreto Legislativo N° 1082 que crea el Sistema Integrado de Estadística Agraria conformante del Sistema Estadístico Nacional. Del 28.JUN.2008 Decreto Supremo N° 031-2008-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura. Del 11.DIC.2008. Decreto Supremo N° 021-2009-AG Reglamento del Sistema Integrado de Estadística Agraria. Del 15.OCT.2009. Resolución Ministerial N° 0105-2013-AG. Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2013 del Ministerio de Agricultura. Del 03.ABR.2013. IV. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación en la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos, Organismos del Ministerio de Agricultura, Organismos Públicos Adscritos del Sector Agrario, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus diferentes dependencias en la materia que por la naturaleza de sus funciones produzcan información estadística agraria. V. NORMAS DE CARÁCTER TÉCNICO 1.- La Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos (OEEE), es el órgano encargado de ejecutar el planeamiento, diseño y metodología a aplicarse, en la estimación de siembra, así como del análisis cuantitativo de los datos, para lo cual proporcionará los manuales, cédulas, materiales y útiles necesarios para el desarrollo de la encuesta. 2.- La Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos coordinará con las Gerencias o Direcciones Regionales de Agricultura para que éstas a su vez, coordinen con las Juntas de Usuarios y Administraciones Locales de Aguas existentes en sus respectivos ámbitos a fi n de que proporcionen la información de las intenciones de siembra por Comisión de Regantes según cultivo, antes del inicio de la campaña agrícola, a la Dirección de Información Agraria Regional. 3.- La Sectorización para la recolección de datos en los distritos políticos en donde exista infraestructura de riego, se hará en base a la organización de riego (Junta de Usuarios, Comisión de Regantes y Sector de Riego), teniendo en cuenta que las personas encargadas de cada instancia actúan como Informantes Califi cados. 4.- El trabajo de campo para la estimación de los datos sobre Intenciones de Siembra, estará a cargo de las Gerencias o Direcciones Regionales de Agricultura a través de sus correspondientes Direcciones de línea: Subgerencia de Estadística o Dirección de Información Agraria y Ofi cina de Planifi cación Agraria; sus dependencias