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El Peruano Martes 7 de mayo de 2013 494318 El Peruano, se dispuso que la Secretaría General del Ministerio del Interior estableciera las acciones pertinentes para la prepublicación del Proyecto del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018 en su portal institucional (www.mininter.gob.pe); Que, el artículo 1 de la precitada resolución estableció un plazo de quince (15) días hábiles computables a partir de su publicación, para que la sociedad civil organizada, el sector privado y la ciudadanía en general, alcance sugerencias y comentarios al proyecto señalado en el párrafo precedente; Que, con Ofi cio N° 000246-2013/IN/CONASEC de fecha 06 de mayo de 2013, el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, solicita al Ministro del Interior, la ampliación del mencionado plazo, por cuanto manifi esta haber recibido tal pedido por parte de Congresistas de la República, entre otras autoridades; Que, asimismo, indica que la ampliación solicitada permitirá brindar un mayor espacio para la participación de aquellos sectores involucrados en seguridad ciudadana, que a la fecha no han podido brindar sus respectivos aportes, así como recabar la mayor cantidad de opiniones que permita obtener un documento consensuado; Que, por lo expuesto, es necesario ampliar el plazo de quince (15) días hábiles establecido en la Resolución Ministerial N° 0437-2013-IN; y De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar en quince (15) días hábiles, el plazo a que se refi ere el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0437-2013-IN. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 933763-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios a Ecuador, Brasil, Chile, Uruguay y Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0440/RE-2013 Lima, 3 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, la República del Perú y la República del Ecuador vienen logrando, de manera concertada, avances concretos en el proceso de integración y cooperación bilateral en diversos ámbitos, favoreciendo de modo especial, a las poblaciones de la región fronteriza; Que, en ese sentido, el Comité Técnico Binacional de Facilitación de Comercio, Inversiones y Turismo Perú-Ecuador constituye el mecanismo de carácter multisectorial adecuado para desarrollar iniciativas que faciliten la promoción y el intercambio del comercio, las inversiones y el turismo, áreas cuyo potencial deviene en fundamental para alcanzar el desarrollo y bienestar de las poblaciones, particularmente las localizadas en la región fronteriza; Que, el Comité Técnico Binacional de Facilitación de Comercio, Inversiones y Turismo Perú-Ecuador se desarrolla periódicamente una vez al año, alternándose la sede en la República del Perú y en la República del Ecuador, respectivamente; Que, mediante la Nota Diplomática N° MRECI-SCI- 2013-0034, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración de la República del Ecuador, de 21 de marzo de 2013, se ha convenido que la VI Reunión del Comité Técnico Binacional de Facilitación de Comercio, Inversiones y Turismo Perú-Ecuador, se realice del 6 al 7 de mayo de 2013, en la ciudad de Loja, República del Ecuador; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) Nº 408, del Despacho Ministerial, de 24 de abril de 2013; y los Memoranda (DPE) Nº DPE0435/2013, de la Dirección General de Promoción Económica, de 17 de abril de 2013, y (OPR) Nº OPR0212/2013, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 29 de abril de 2013, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Víctor Alberto Altamirano Asmat, funcionario de la Dirección de Promoción Comercial, de la Dirección General de Promoción Económica, a la ciudad de Loja, República del Ecuador, del 6 al 7 de mayo de 2013, para que participe en la VI Reunión del Comité Técnico Binacional de Facilitación de Comercio, Inversiones y Turismo Perú-Ecuador. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094324: Promoción del Comercio, Inversiones y Turismo, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayo de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día U$ Número de días Total viáticos US$ Víctor Alberto Altamirano Asmat 910.00 200.00 2 + 1 600.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 933658-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0441/RE-2013 Lima, 3 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Secretaría Permanente de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (SP/OTCA), mediante