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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2013 (07/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Martes 7 de mayo de 2013 494330 Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora LIZY MAGNOLIA BEJAR MONGE como Juez Supernumeraria del Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Lima, a partir del 06 de mayo del año en curso y mientras dure la promoción de la doctora Sancarranco Cáceda. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 933611-5 Conforman Comisiones de Trabajo para el año judicial 2013 en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA Nº 0311-2013-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, tres de mayo de dos mil trece. I. ANTECEDENTES: El Plan de Desarrollo Institucional del Poder Judicial 2009-2018 aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 182-2011-CE-PJ de fecha 06/07/2011. II. FUNDAMENTOS: 1. Que, los enunciados estratégicos consolidados en su oportunidad que fi nalmente se plasmaron en la Misión y Visión del Poder Judicial, no son postulados abstractos que no sean de recibo en las líneas de gestión o en las decisiones específi cas de las diversas dependencias que forman parte de este Poder del Estado; el objetivo de revertir la actual percepción que la ciudadanía tiene de la función judicial, obliga a materializar esas líneas maestras que orienten nuestra misión y visión con la participación efectiva de todos los magistrados y trabajadores de nuestra Corte Superior. 2. La actual gestión Presidencial de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur ha formulado líneas básicas de gestión vinculadas a lograr: a) La correcta correlación de los órganos jurisdiccionales, pues la conformación actual no se condice con las exigencias judiciales propias de una población de más de un millón y medio de habitantes; b) Excelencia del producto jurisdiccional, la mejora de nuestra forma de comunicarnos a través de las resoluciones judiciales es esencial, a su vez, debe informarse al usuario judicial acerca de la realidad de nuestro Distrito Judicial, pues toda nuestra estrategia de superación tiene como destinatario fi nal al ciudadano; c) Capacitación Especializada focalizada a solucionar problemas específi cos de la magistratura y personal auxiliar jurisdiccional o administrativo de nuestro Distrito Judicial; d) Respaldar institucionalmente a los Magistrados que adoptan decisiones en consonancia con las normas constitucionales y legales; e) Relievar el signifi cado del binomio magistrados-trabajadores. 3. La construcción de la identidad institucional de nuestra Corte Superior, obviamente, es un tema que trasciende al tiempo y las personas; la identidad no puede construirse desde posturas unilaterales que no sintonizan con la voluntad de los órganos de gestión previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en ese sentido, la construcción democrática de los actos de la administración que trasciendan los ámbitos específi cos otorgados a la Presidencia de la Corte, deben ser ejercidos en claro respeto al principio democrático que se irradia necesariamente a todo ámbito de gestión pública, delegando en muchos casos la responsabilidad en magistrados que voluntariamente han manifestado su deseo de asumir encargos específi cos para conseguir el desarrollo integral de nuestra institución. 4. Si bien constituye un deber de los Jueces y trabajadores de este Distrito Judicial, coadyuvar con el desarrollo institucional en adición a las funciones propias que se realizan, también debe respetarse el marco de autonomía de los magistrados y trabajadores, quienes deben optar si participan o no en las referidas Comisiones, por esa razón la Presidencia de Corte cursó oportunamente un ofi cio circular a todos los magistrados de nuestra Corte Superior a fi n de que voluntariamente decidan de acuerdo a sus preferencias y capacidades, las comisiones que desean integrar; todo ello en consonancia con los principios democrático y autonómico, en ese contexto se han recibido las respuestas y también propuestas para crear nuevas comisiones por parte de los magistrados, las cuales son evaluadas y ponderadas por esta Presidencia, teniendo como eje la desconcentración de funciones encargadas para gestionar un proyecto inclusivo que haga más horizontal la gestión. 5. Existen comisiones cuyos miembros son electos conforme a los requerimientos legales o reglamentarios, en algunos casos los integrantes de las Comisiones han sido nombrados por acuerdo de Sala Plena, en todo caso el Presidente de Corte por su origen basado en el sufragio que expresa la voluntad de la Sala Plena, puede presidir aquellas comisiones que considere pertinente y cuya conformación no haya sido regulada expresamente. Igualmente, existen otras Comisiones que han sido conformadas (anteladamente) por mandato imperativo o por la fuerza de las circunstancias o exigencias propias de la gestión administrativa. 6. Las Comisiones de Trabajo serán monitoreadas por resultados y éstas refl ejan el trabajo de los señores Magistrados y Trabajadores de esta Corte Superior, en ese orden de ideas para efectos de cuantifi car resultados cada Comisión deberá remitir a la Presidencia de la Corte, el respectivo plan de acción (de ser el caso) ciñéndose a los ámbitos propios de cada Comisión; al fi nalizar el año judicial se evaluará los resultados obtenidos teniendo en cuenta los Informes de los Presidentes o Responsables de la Comisión, los mismos que servirán para la elaboración de la memoria institucional anual que será reseñada en la ceremonia de apertura del año judicial. 7. La Presidencia ha designado personal de apoyo para cada Comisión, atendiendo a exigencias normativas, determinados perfi les y habilidades, no obstante, cada Presidente podrá sugerir algún personal de apoyo adicional. 8. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de Justicia en benefi cio del ciudadano usuario del sistema judicial. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3), 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. III. DECISIÓN: El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de conformidad con las normas invocadas y lo expuesto, resuelve: Artículo Primero.- CONFORMAR las Comisiones de Trabajo para el año judicial 2013 de la siguiente forma: 1. COMISIÓN DE SELECCIÓN DE JUECES SUPERNUMERARIOS. El ámbito de esta Comisión abarca los distintos procesos de selección de Jueces Supernumerarios, fi jados en las Resoluciones Administrativas Nº 243-2009- CE-PJ y Nº 053-2011-CE-PJ. Integrantes: Dr. Pedro Cartolín Pastor Juez Superior Presidente Dra. Emperatriz Tello Timoteo Juez Superior Asesor Legal de la Presidencia Secretario