Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2013 (21/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Sabado 21 de setiembre de 2013

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y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo, del departamento de Junin. Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior y en las circunscripciones senaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24), apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, por el Ministro del Interior y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de setiembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 991309-2

Prorrogan el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion, del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas, de la provincia de Concepcion; y, en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo, del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 110-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 085-2013PCM publicado el 26 de MORDAZA de 2013, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 29 de MORDAZA de 2013, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas, de la provincia de Concepcion; y, en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia, referido en el considerando precedente, y de acuerdo con lo manifestado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas mediante el Oficio Nº 1711 JCCFFAA/SG de fecha 6 de setiembre de 2013, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos indicados; por lo que es necesario prorrogar el mismo, a fin que la presencia de las Fuerzas Armadas, con su acertado accionar, permita que la poblacion se identifique con los fines u objetivos que busca el Gobierno Nacional, esto es, la consolidacion de la pacificacion de la MORDAZA y del pais; Que, el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de un MORDAZA Decreto Supremo; Que, por Decreto Legislativo Nº 1095 de fecha 1 de setiembre de 2010, se establecieron los procedimientos que regulan la intervencion de las Fuerzas Armadas en zonas declaradas en Estado de Emergencia; De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica. DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 27 de setiembre de 2013, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion, del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas, de la provincia de Concepcion; y, en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba

Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCION SUPREMA Nº 292-2013-PCM MORDAZA, 20 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, senora Eda MORDAZA MORDAZA Franchini, viajara a la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 23 al 27 de setiembre de 2013, para participar y acompanar al Presidente de la Republica, senor Ollanta MORDAZA Humala Tasso, en el Debate General del 68º periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se realizara en la citada ciudad; Que, de manera paralela y antelada a la celebracion del Debate General del 68º periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas se han organizado, desde el 23 de septiembre, una serie de reuniones de Alto Nivel; Reuniones Ministeriales de mecanismos multilaterales de los cuales el Peru es parte; encuentros bilaterales a nivel Presidencial y Ministerial; asi como otras actividades de promocion economico ­ comercial del Peru, en las cuales es necesaria la presencia de la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores; Que, la participacion del Peru en la Asamblea General de las Naciones Unidas, y en los eventos paralelos organizados al margen de la misma, constituye una importante oportunidad para la promocion de los intereses nacionales inscritos dentro de los objetivos de desarrollo,

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