NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (21/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 18
El Peruano Sábado 21 de setiembre de 2013 503312 presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 440.00 x 06 días x 11 personas = US$ 29,040.00 --------------------- TOTAL = US$ 29,040.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 991309-9 Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador e Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 514-2013-DE/ Lima, 20 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 1447 JCCFFAA/D-2/FE/ COMBIFRON del 24 de julio de 2013, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas comunica que la IV Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza “COMBIFRON” Ecuador–Perú, se llevará a cabo en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 23 al 27 de setiembre de 2013, solicitando se designe al representante del Ministerio de Defensa que participará en la mencionada actividad; Que, la mencionada reunión binacional, se realiza en el marco del Entendimiento de la última reunión de la Comisión Binacional Fronteriza Perú–Ecuador y a la invitación ofi cial cursada por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ecuador mediante Ofi cio Nº 13-G-2-ai-94 del 12 de julio de 2013; Que, siendo los temas a tratar de interés del Sector Defensa, es necesario autorizar la participación del Capitán de Navío AP José Francisco Gianella Herrera, Director de Asuntos Bilaterales de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; Que, con dicha ocasión y por coordinaciones previas, el mencionado Ofi cial Superior, participará además en una Reunión de Consulta y Cooperación, la misma que permitirá afi anzar los lazos de amistad y cooperación, así como observar y analizar las diversas actividades que conlleven a un desarrollo común; Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el Rubro 5 : Medidas de Confi anza Mutua, Items 22 y 23, del Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado con Resolución Suprema Nº 091-2013 DE/ del 15 de marzo de 2013 y su modifi catoria aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE/ del 12 de agosto de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2013 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG- del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío AP José Francisco GIANELLA HERRERA, identifi cado con DNI Nº 43322221, Director de Asuntos Bilaterales de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, para que participe en la IV Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza “COMBIFRON” Ecuador– Perú, y en la Reunión de Consulta y Cooperación, que se desarrollarán en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador del 23 al 27 de setiembre de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima – Guayaquil (República del Ecuador) – Lima: US$ 1,350.45 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 1,350.45 Viáticos: US$ 370.00 x 4 días x 1 persona US$ 1,480.00 Total: US$ 2,830.45 Artículo 3º.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) días calendario a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 4º.-. La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 991309-10