Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (25/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Miércoles 25 de setiembre de 2013 503555 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de funcionario y profesional del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 589-2013 MTC/02 Lima, 23 de setiembre de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº 069-2013-PRODUCE/GTM PERU - ECUADOR emitido por el Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial Perú - Ecuador del Ministerio de la Producción, el Memorándum Nº 1892-2013-MTC/02. AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, el Informe Nº 029-2012-MTC/15 emitido por la Dirección General de Transporte Terrestre; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 069-2013-PRODUCE/ GTM PERU - ECUADOR, el Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial Perú - Ecuador del Ministerio de la Producción, cursa invitación al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para participar en la “IX Reunión de la Comisión Binacional de Lucha contra el Contrabando”, que se llevará a cabo del 26 al 27 de setiembre de 2013 en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, la citada reunión tiene como objetivo dar cumplimiento al mandato expresado en la Declaración Presidencial de Cuenca - Ecuador e implementar los acuerdos formulados en la Matriz de Seguimiento de la VIII Reunión Binacional Perú Ecuador; Que, en tal sentido, se ha solicitado la participación de la Dirección General de Transporte Terrestre, a fi n de exponer sobre temas relacionados con la Regulación del Abastecimiento de Combustible de los Vehículos habilitados al transporte internacional de carga y pasajeros entre Perú y Ecuador; Que, al respecto la Dirección General de Transporte Terrestre señala que la citada reunión se realiza al amparo del Acuerdo Amplio Peruano - Ecuatoriano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y su Reglamento; asimismo manifi esta que dicha reunión, es un mecanismo de negociación que tiene por objetivo defi nir bilateralmente las estrategias para la lucha contra el contrabando Perú - Ecuador y proponer, entre otros, y dentro del contexto de la lucha contra el contrabando, los procedimientos para el abastecimiento y control del combustible para los vehículos habilitados al transporte internacional por carretera y transporte terrestre transfronterizo entre Perú y Ecuador, en un marco orientado a promover la cooperación, integración y el desarrollo de la región fronteriza, por lo tanto constituye una acción de promoción de importancia para el Perú; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013, establece que se prohíben los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante resolución del titular; Que, según indica la Dirección General de Transporte Terrestre, la importancia de la participación en el citado evento, radica en que se presentarán planteamientos sobre cada tema de la agenda propuesta y, en especial, en lo relacionado al abastecimiento y control para los vehículos habilitados al transporte internacional terrestre y transporte terrestre transfronterizo bilaterales, tema de suma importancia para el sector transporte del país, por el impacto negativo que tiene la diferencia de precios del combustible en la determinación de tarifas y fl etes poniendo en desventaja competitiva al transportista peruano, frente al ecuatoriano, situación que se pretende superar con el establecimiento de procedimientos de abastecimiento y control de combustible para los vehículos habilitados al transporte por carretera internacional y transfronterizo entre Perú y Ecuador en los mismos términos para ambos países y por lo tanto se acoge a las excepciones del literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013; Que, conforme lo señala la Dirección General de Transporte Terrestre, la “IX Reunión de la Comisión Binacional de Lucha contra el Contrabando”, se realiza de acuerdo a lo establecido en el considerando precedente, toda vez que el transporte internacional por carretera constituye uno de los instrumentos de ayuda efi caz para la consolidación del espacio económico entre Perú y Ecuador y una herramienta valiosa de integración que brinda un apoyo determinante al intercambio comercial, a la expansión competitiva de la base productiva y a la dinamización del comercio y turismo en la subregión; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo 021-2007-MTC, establece, entre otras, como funciones de la Dirección General de Transporte Terrestre: i) proponer y ejecutar las políticas orientadas a la administración de los servicios de transporte terrestre de personas y de mercancías; ii) participar en representación del Ministerio como organismo nacional competente de Transporte Terrestre, en eventos nacionales e internacionales sobre transporte y tránsito terrestre y iii) proponer convenios y acuerdos nacionales e internacionales, dentro del ámbito de su competencia; Que, en tal sentido y dada la relevancia e importancia del citado evento para los objetivos y metas de la Dirección General de Transporte Terrestre, resulta conveniente autorizar el viaje de los señores José Luis Qwistgaard Suárez, Director General de Transporte Acuático y encargado de las funciones de Director General de Transporte Terrestre, y Jesús José Tapia Tarrillo, profesional de la Dirección General de Transporte Terrestre, asumiendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y a lo informado por la Dirección General de Transporte Terrestre, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores José Luis Qwistgaard Suárez, Director General de Transporte Acuático y Jesús José Tapia Tarrillo, profesional de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 25 al 28 de setiembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluye TUUA, para dos personas) US$ 3,938.38 Viáticos (para dos personas) US$ 2,220.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho de exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- Dejar sin efecto a partir del 25 de setiembre de 2013 la encargatura efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 204-2013-MTC/02.