Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2013 (25/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Articulo 6º.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roig, Director General de Concesiones en Transportes, las funciones de Director General de la Direccion General de Transporte Terrestre, a partir del 25 de setiembre de 2013. Articulo 7º.- Encargar al senor MORDAZA Henrry MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, las funciones de Director General de la Direccion General de Transporte Acuatico, a partir del 25 de setiembre de 2013 y mientras dure la ausencia de su Titular. Articulo 8º.- Notificar la presente Resolucion al senor MORDAZA MORDAZA Qwistgaard MORDAZA, Director General de Transporte Acuatico, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roig, Director General de Concesiones en Transportes, al senor MORDAZA Henrry MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion General de Transporte Terrestre para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 992292-1

El Peruano Miercoles 25 de setiembre de 2013

Declaran aprobadas renovaciones de autorizaciones para prestar servicio de radiodifusion sonora en FM en localidades de los departamentos de MORDAZA y La MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 420-2013-MTC/03 MORDAZA, 2 de setiembre del 2013 VISTO, el Escrito de Registro Nº 2011-026154, mediante el cual la empresa MORDAZA E.I.R.L. solicita la renovacion de la autorizacion otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 4562006-MTC/03 de fecha 28 de agosto de 2006, se renovaron por el plazo de diez (10) anos en periodos sucesivos, por mandato expreso de la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley N° 28853, diversas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion, entre ellas la que fuera otorgada a la empresa RADIO MORDAZA S.R.L. con Resolucion Ministerial N° 192-95MTC/15.17 para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Cusco; Que, mediante Oficio N° 4110-2008-MTC/28 de fecha 06 de agosto de 2008, se reconocio la transformacion de la empresa titular en una empresa individual de responsabilidad limitada, siendo su denominacion MORDAZA E.I.R.L.; Que, mediante el Escrito de Registro presentado el 08 de junio de 2011, la empresa MORDAZA E.I.R.L. solicito la renovacion de la autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, disponen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento de plazo de vigencia de la respectiva autorizacion; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y

requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el numeral 3) del articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que el plazo para resolver la renovacion es de ciento veinte (120) dias, contados a partir de la fecha en que se tenga por admitida la solicitud; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial N° 644-2007-MTC/01, que modifico el Texto Unico de Procedimiento Administrativo (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se modifico la calificacion del procedimiento de renovacion de autorizacion, de silencio administrativo negativo a silencio administrativo positivo; MORDAZA que establece en su articulo 4 que los procedimientos de evaluacion previa, cuya calificacion de silencio administrativo se modifique, se regiran como tal a partir de la entrada en vigencia de la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, es decir el 04 de enero de 2008; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, modificada con Decreto Legislativo N° 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, de acuerdo a las normas citadas, la solicitud de renovacion de autorizacion presentada con Escrito de Registro N° 2011-026154, quedo aprobada al 03 de diciembre de 2011, en aplicacion del silencio administrativo positivo, al haber transcurrido el plazo sin que la administracion emita el pronunciamiento expreso correspondiente; Que, mediante Informe N° 3826-2011-MTC/29.02 del 20 de MORDAZA de 2011, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 13 de MORDAZA de 2011, verificandose que la estacion autorizada a la empresa MORDAZA E.I.R.L. ubicada en localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, presta el servicio conforme a las caracteristicas tecnicas autorizadas y a las normas tecnicas del servicio de radiodifusion, concluyendo que el resultado de la inspeccion tecnica es favorable; ademas, cumple con el proyecto de comunicacion; Que, mediante Informes N° 0591-2012-MTC/28 y Nº 0464-2013-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que, en virtud al silencio administrativo positivo, al 03 de diciembre de 2011, quedo aprobada la solicitud de renovacion de la autorizacion de la empresa MORDAZA E.I.R.L., renovada por Resolucion Viceministerial N° 456-2006MTC/03, verificando que la solicitante a la fecha de la configuracion del silencio administrativo positivo cumplio con la MORDAZA de los requisitos y con las condiciones previstas para la renovacion de autorizacion, y que no se encuentra incursa en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y el MORDAZA del Ministerio, por lo que, debe expedirse la resolucion respectiva; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley No. 27444, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 03 de diciembre de 2011, la renovacion de autorizacion renovada por Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03, a la empresa MORDAZA E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 26 de MORDAZA de 2021, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Cusco. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho

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