Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2014 (28/06/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Sabado 28 de junio de 2014

526361
ANEXO INDICES DE DISTRIBUCION DEL CANON HIDROENERGETICO ANO 2013
GOBIERNOS LOCALES (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDADES) Y GOBIERNOS REGIONALES INDICE

desagregada de la Utilidad Bruta o Ventas Netas por actividades, la base de referencia de dichos Canon se determinara en partes iguales; Que, el literal a) del articulo 7 del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Canon, establece que determinado el monto del Impuesto a la Renta que constituye recurso del Canon Minero, del Canon Gasifero, del Canon Hidroenergetico y del Canon Pesquero, dichos recursos seran transferidos a los gobiernos regionales y gobiernos locales hasta en 12 (doce) cuotas consecutivas mensuales, a partir del mes siguiente de haberse recibido la informacion de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT; Que, conforme al literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 1172014-EF que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, los Indices de Distribucion del Canon Hidroenergetico son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial, los mismos que son determinados y actualizados por la Direccion General de Presupuesto Publico de dicho Ministerio, de acuerdo a los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, sobre la base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI mediante el Oficio Nº 060-2014-INEI/DTDIS, por el Ministerio de Energia y Minas mediante los Oficios Nºs 102 y 122-2014-MEM-VME, y 117-2014-MEM/VMM, y por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria mediante el Oficio Nº 305-2014SUNAT/100000, la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion del Canon Hidroenergetico proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Indices de Distribucion del Canon Hidroenergetico proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, asi como las cuotas a que se refiere el literal a) del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 0052002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Canon; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27506, Ley de Canon, el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Canon, y el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 3042012-EF; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar los Indices de Distribucion del Canon Hidroenergetico proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, a ser aplicados a los gobiernos regionales y los gobiernos locales del MORDAZA beneficiados con dicho canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Disponer que, conforme a lo establecido en el literal a) del articulo 7 del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Canon, el Canon Hidroenergetico proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013 sera distribuido en doce (12) cuotas consecutivas mensuales. Articulo 3.- La presente Resolucion Ministerial y su respectivo Anexo seran publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

TOTAL GOBIERNOS LOCALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA COCHABAMBA COLCABAMBA HUANCHAY INDEPENDENCIA JANGAS LA MORDAZA OLLEROS PAMPAS PARIACOTO PIRA TARICA AIJA AIJA CORIS HUACLLAN LA MORDAZA SUCCHA MORDAZA RAYMONDI LLAMELLIN ACZO CHACCHO CHINGAS MIRGAS SAN MORDAZA DE RONTOY MORDAZA CHACAS ACOCHACA BOLOGNESI CHIQUIAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA RAYMONDI AQUIA CAJACAY CANIS COLQUIOC MORDAZA HUASTA HUAYLLACAYAN LA MORDAZA MANGAS PACLLON TICLLOS CARHUAZ

1.0000000000 0.7500000000

0.0005965737 0.0000600053 0.0000170776 0.0000535268 0.0008107638 0.0000682165 0.0000246312 0.0000424489 0.0000360510 0.0000903504 0.0001111752 0.0000952687

0.0000356706 0.0000626360 0.0000182709 0.0000600852 0.0000198191

0.0000711566 0.0000491250 0.0000456152 0.0000435421 0.0001474823 0.0000420226

0.0001072610 0.0000911763

0.0000489556 MORDAZA 0.0000345054 0.0000263749 0.0000628516 0.0000395710 0.0000353784 0.0000770031 0.0001677993 0.0000775897 0.0000331351 0.0000196049 0.0000174819 0.0000472759 0.0000311819

SAN MORDAZA DE CORPANQUI 0.0000278032

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.