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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2014 (15/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Sábado 15 de marzo de 2014 518896 importancia para el país; por lo que, resulta conveniente autorizar el referido viaje, el cual se realizará con cargo al presupuesto institucional; Que, mediante el Memorando N° 530-2014-OPP- SG/MINAM de 12 de marzo de 2014, la Directora de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto comunica la aprobación de la Certifi cación de Crédito Presupuestario, sobre disponibilidad de recursos en la Genérica de Gasto 2.3: Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N° 27619 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior del señor EDUARDO MARTIN DIOS ALEMAN, Especialista en Gestión de la Calidad del Agua de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente - MINAM, a la ciudad de La Paz - Estado Plurinacional de Bolivia, del 16 al 22 de marzo de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes S/. 2,682.00 Viáticos S/. 2,798.00 Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente resolución, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente, así como entregar un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Artículo 4º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1062373-1 CULTURA Conforman Delegación de personalidades que representarán al Perú, a través del Ministerio de Cultura, ante la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá - FILBO”, año 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 093-2014-MC Lima, 14 de marzo de 2014 Vistos, el Informe Nº 079-2014-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 5 de marzo de 2014 de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y el Informe Nº 024-2014- DLL-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 7 de marzo de 2014 de la Dirección del Libro y la Lectura; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este tiene entre sus funciones exclusivas la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes está encargada de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfi ca y de los nuevos medios; Que, asimismo el artículo 81 del citado Reglamento establece que la Dirección del Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene entre sus funciones proponer, promover e implementar los planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión de la creación literaria y del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; así como promover la participación de los autores, editores, libreros y otros profesionales peruanos del libro en congresos, ferias, exposiciones y otros eventos nacionales e internacionales dedicados al libro y productos editoriales afi nes; Que, mediante carta de fecha 17 de julio de 2012, la Cámara Colombiana del Libro cursó invitación al Ministerio de Cultura, para que el Perú sea el país invitado de honor en el año 2014 en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, siendo este un evento de promoción de la lectura y la industria editorial más importante de Colombia y una de las tres ferias del libro más importantes de América Latina y la primera para la Región Andina; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2014-EF, se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del pliego Ministerio de Cultura, a fi n de atender los gastos que irrogue la participación del Perú en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”; Que, con fecha 4 de febrero de 2014 se publicó en el diario ofi cial El Peruano, la Resolución Ministerial Nº 036-2014-MC que declaró de interés institucional la participación del Perú, a través del Ministerio de Cultura en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá- FILBO”, que se llevará a cabo del 29 de abril al 12 de mayo de 2014; Que, mediante Informe Nº 079-2014-DGIA-VMPCIC/ MC, la Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes, señaló la necesidad de designar a los integrantes de la Delegación de escritores y especialistas que representarán al Perú, a través del Ministerio de Cultura, en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”; Que, mediante Informe Nº 024-2014-DLL-DGIA- VMPCIC/MC, la Dirección del Libro y la Lectura, señaló que para la elaboración de la relación de integrantes de la Delegación, se ha tomado en cuenta una participación equitativa de novelistas, narradores, cuentistas, poetas, dramaturgos, cronistas, especialistas, entre otros, por sus reconocimientos literarios, publicaciones, género y representatividad en su campo de acción y trabajo; Que, de acuerdo al documento antes señalado, la Dirección del Libro y la Lectura destaca la presencia del Premio Nobel de Literatura 2010, Jorge Mario Pedro Vargas Llosa, quien fue anunciado como invitado especial durante la presentación de la participación del Perú en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, por lo que se propone que dicha personalidad integre la