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El Peruano Sábado 15 de marzo de 2014 518912 GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO), GOBIERNO REGIONAL INDICES TARUCACHI 0.0000033007 TICACO 0.0000048794 TUMBES TUMBES TUMBES 0.0023017592 CORRALES 0.0007242512 LA CRUZ 0.0010096348 PAMPAS DE HOSPITAL 0.0002339228 SAN JACINTO 0.0003437316 SAN JUAN DE LA VIRGEN 0.0001389125 C O N T R A L M I R A N T E VILLAR ZORRITOS 0.0001938929 CASITAS 0.0000404028 CANOAS DE PUNTA SAL 0.0001172039 ZARUMILLA ZARUMILLA 0.0002626732 AGUAS VERDES 0.0003377801 MATAPALO 0.0000452701 PAPAYAL 0.0000959818 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH 0.0878868204 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA 0.0086783688 GOBIERNO REGIONAL DE CALLAO 0.0185746685 GOBIERNO REGIONAL DE ICA 0.0154460479 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD 0.0470863117 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA 0.0373106849 LIMA METROPOLITANA (RÉGIMEN ESPECIAL) 0.0005490364 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA 0.0113507847 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA 0.0205491733 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA 0.0006196319 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES 0.0019484728 1061886-1 Aprueban emisión de Letras del Tesoro Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 025-2014-EF/52.01 Lima, 14 de marzo del 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 68° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está autorizada a efectuar la emisión y colocación de Letras del Tesoro Público; Que, asimismo, el Artículo 70° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 establece que las emisiones de Letras del Tesoro Público se aprueban por resolución directoral de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año 2014, el monto máximo de saldo adeudado al 31 de diciembre de 2014, por la emisión de las Letras del Tesoro Público, no puede ser mayor a la suma de S/. 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de acuerdo con el Cronograma del Programa de Subastas Ordinarias de Títulos del Tesoro, publicado como Anexo N° 2 de la “Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos”, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 157-2013-EF/52, en la segunda subasta de cada mes se realizará la colocación de Letras del Tesoro con plazos a seis meses y doce meses, siendo la suma de S/. 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto referencial de emisión por cada tipo de título; Que, la citada emisión de instrumentos de deuda se realizará de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Letras del Tesoro aprobado por el Decreto Supremo N° 051-2013-EF; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su modifi catoria, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF y la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la emisión de Letras del Tesoro Público con plazo al vencimiento de 178 días, por un monto referencial de S/. 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) con las siguientes características: Emisor La República del Perú Unidad Responsable Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas Plazo de Instrumento 178 días Fecha de vencimiento 13 de septiembre de 2014 Denominación Letras del Tesoro 13SEP2014 Moneda Nuevos Soles Monto referencial S/. 15 000 000,00 Valor Nominal S/. 100,00 Modalidad de subasta Subasta híbrida (de precios mixtos) Fecha de la subasta 18 de marzo de 2014 Fecha de liquidación 19 de marzo de 2014 Variable a subastar Tasa de rendimiento Tasa de interés Efectiva, base 30/360 Forma de emisión Al descuento Participantes de la subasta Sociedades Agentes de Bolsa autorizadas por el MEF Monto a pagar El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio de la Letra calculado de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.12 del Reglamento de Letras del Tesoro. Modalidad de pago Las Letras adjudicadas serán liquidadas a través de CAVALI S.A. ICLV utilizando el mecanismo de entrega contra pago. El pago se realizará mediante transferencia enviada a través del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real del BCRP, a la cuenta centralizadora de CAVALI S.A. ICLV en moneda nacional en el Banco Central de Reserva del Perú Nº 11080102700100000000, a través del código de operación LBTR - C055, hasta las 16:00 horas de la fecha de liquidación. Pago del principal A través de CAVALI S.A. ICLV Unidades en circulación 235 018 unidades Artículo 2º.- Aprobar la emisión de Letras del Tesoro Público con plazo al vencimiento de 360 días, por un monto referencial de S/. 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) cuyas características son las siguientes: Emisor La República del Perú Unidad Responsable Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas Plazo del Instrumento 360 días Fecha de vencimiento 14 de marzo de 2015