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El Peruano Sábado 10 de mayo de 2014 522804 SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión del servicio del 12 al 16 de mayo de 2014, de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Luz Liliana VELARDE MIRAVAL y Subofi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Merly CARRANZA DELGADO, para que ejecuten la extradición activa de la ciudadana peruana Ana Carolina Graciela ALVA RAEZ, requerida por el Quincuagésimo Segundo Juzgado Penal de Lima con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión de delito contra la Salud Pública - tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano, a realizarse en la República Argentina, con costo para el Estado peruano. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 - Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 2.791 10,326.70 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial designado para la comisión del servicio deberá presentar ante el titular del sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros WALTER ALBÁN PERALTA Ministro del Interior 1081520-3 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban Lista Nº 11 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Económicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0147-2014-JUS Lima, 9 de mayo de 2014 VISTOS, el Ofi cio Nº 745-2014-JUS/CMAN-SE, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN; el Informe Nº 063-2014-JUS/OGPP-OPRE, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 469-2014- JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR, tiene por objeto establecer el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones (PIR) para las víctimas de la violencia acaecida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; Que, conforme lo dispone el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 28592, aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, teniendo en cuenta los listados a que se hace referencia en el artículo 42º de la citada norma, el Consejo de Reparaciones determina e identifi ca a los benefi ciarios del Programa de Reparaciones Económicas, en adelante el Programa (PRE); Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 051- 2011-PCM, modifi ca el artículo 37º del Reglamento antes acotado, señalando que el otorgamiento de las reparaciones se efectuará gradual y progresivamente una vez que se aprueben, mediante Resolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros, los procedimientos y modalidades de pago que deberán regir para el PRE; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 051-2011- PCM determina que el monto de la reparación económica por víctima de violación sexual, desaparecida, fallecida o con discapacidad, asciende a S/. 10 000,00 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), dictándose los lineamientos para el caso de concurrencia del cónyuge o concubino sobreviviente con otros familiares de las víctimas desaparecidas o fallecidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional (CMAN) al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS); Que, en el contexto de la adscripción de la CMAN al MINJUS, se dicta la Resolución Ministerial Nº 0149- 2012-JUS, por la cual se modifi can los procedimientos y modalidades de pago para la implementación del Programa de Reparaciones Económicas, aprobados con Resolución Ministerial Nº 184-2011-PCM, considerando, entre otros aspectos, que el organismo ejecutor del PRE es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de su Unidad Ejecutora que es la Ofi cina General de Administración, precisándose que el MINJUS aprueba mediante resoluciones ministeriales los desembolsos correspondientes; Que, la Ley Nº 29979, Ley que establece criterios de priorización para la ejecución del PRE del PIR, en el primer párrafo de su artículo 1º señala que el criterio de priorización para la ejecución del PRE será el de prelación, teniendo en consideración la fecha en que haya ocurrido el hecho violatorio de derechos; Que, el último párrafo del citado artículo 1° de la Ley Nº 29979, faculta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a confi gurar los criterios complementarios de ejecución del Programa de Reparaciones Económicas, considerando lo previsto en el artículo 8.d) del Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, a propuesta de la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, señalando que serán benefi ciarios prioritarios las víctimas adultos mayores, las mujeres y las personas con discapacidad; Que, mediante el Informe Nº 017-2014-JUS/CMAN-SE- LPA del Técnico Especialista en Reparaciones Económicas, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN refi ere que conforme a los procedimientos establecidos ha elaborado la Lista Nº 11 que contiene un total de 13,238 Benefi ciarios del Programa de Reparaciones Económicas, especifi cando datos personales y Código de Registro Único de Víctimas – RUV, entre otros; Que, con el documento del Visto, el Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional (CMAN), señala que en el Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se cuenta con los recursos fi nancieros para atender a 13,238 Benefi ciarios del Programa de Reparaciones Económicas incluidos en la Lista Nº 11, por un monto de S/. 29 001 158.54 (VEINTINUEVE MILLONES MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO Y 54/100 NUEVOS SOLES), monto que incluye el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF); Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 063-2014-JUS/OGPP-OPRE, emite opinión favorable en cuanto a la disponibilidad presupuestal para atender a los 13,238 Benefi ciarios de la Lista Nº 11 por un monto de S/. 29 001 158.54 (VEINTINUEVE MILLONES MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO Y 54/100 NUEVOS SOLES); Que, conforme a lo expuesto en los párrafos precedentes, se concluye que el fi nanciamiento es con cargo al presupuesto aprobado al Pliego 006 Ministerio