Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2014 (10/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Sabado 10 de MORDAZA de 2014

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Nº 011-2006-ED que aprobo el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Retirar la condicion cultural de Monumento al inmueble ubicado en MORDAZA MORDAZA N° 987 esquina MORDAZA MORDAZA, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer se comunique a la Procuraduria Publica a fin que evalue e inicie las acciones legales referidas a la comision del delito contra el patrimonio cultural presuntamente producido en el inmueble referido en el Articulo 1 de la presente Resolucion, lo cual genero la perdida de los valores culturales que motivaron su declaracion como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

las solicitudes de retiro de la condicion cultural de las edificaciones y sitios de la epoca colonial, republicana y contemporanea, y coordinar que presentan la condicion de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; y en los casos que corresponda, proponer el retiro de la condicion cultural de los inmuebles de las epocas colonial, republicana y contemporanea que presentan la condicion de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, dentro de este contexto, la Direccion General de Patrimonio Cultural elevo al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la propuesta de retiro de condicion cultural del inmueble ubicado en MORDAZA MORDAZA N° 987 esquina MORDAZA MORDAZA, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, motivado tecnicamente en el Informe N° 218-2014DPHI-DGPC/MC emitido por la Direccion de Patrimonio Historico Inmueble, al advertir que el mencionado inmueble fisicamente ya no existe como edificacion, en consecuencia ha desaparecido la autenticidad de su diseno, materiales de construccion y mano de obra de su epoca (siglo XX) asi como los valores historicos y arquitectonicos que lo hicieron alguna vez testimonio de la arquitectura civil domestica de MORDAZA, y que motivaron su declaracion como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 10 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2006-ED, dispone que para retirar la condicion de bien cultural a un inmueble se tramitara un procedimiento al que se le aplicaran las disposiciones que regulan el procedimiento administrativo general; Que, en atencion a lo dispuesto en el numeral 6.1 del articulo 6 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la motivacion del acto administrativo debera ser expresa, mediante una relacion concreta y directa de los hechos probados relevantes del caso especifico, y la exposicion de las razones juridicas y normativas que con referencia directa a los anteriores justifican el acto adoptado; Que, en ese sentido, el acto administrativo que se emita resolviendo la solicitud del interesado sobre retiro de condicion cultural del inmueble ubicado en MORDAZA MORDAZA N° 987 esquina MORDAZA MORDAZA, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, debera cumplir con los elementos esenciales para su validez: competencia, el objeto y contenido posible, la finalidad publica, motivacion y procedimiento regular; de conformidad con lo prescrito en el articulo 3° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444; Que, conjuntamente con las opiniones tecnicas vertidas por las unidades organicas competentes, el Informe N° 134-2014-DGPC-VMPCIC/MC de fecha 31 de marzo de 2014, de la Direccion General de Patrimonio Cultural, sustenta el retiro de la condicion cultural de Monumento al inmueble ubicado en MORDAZA MORDAZA N° 987 esquina MORDAZA MORDAZA, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente resolucion, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2, del articulo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, es preciso que se comunique a la Procuraduria Publica del Ministerio de Cultura, conforme a sus competencias establecidas en el articulo 23 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, a fin que evalue e inicie las acciones legales referidas a la comision del delito contra el patrimonio cultural presuntamente producido en el inmueble MORDAZA referido, lo cual genero la perdida de los valores culturales que motivaron su declaracion como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion; Estando a lo visado por la Directora General (e) de Patrimonio Cultural, el Director (e) de Patrimonio Historico Inmueble y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29565 Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Ley 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 005-2013-MC que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC que aprobo la fusion de, entre otros, el Instituto Nacional de Cultura en el citado Ministerio, por lo que toda referencia normativa al INC se debe entender al Ministerio de Cultura; Decreto Supremo

1081006-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de funcionario de la Superintendencia del MORDAZA de Valores a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 021-2014-EF
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion de fecha 12 de marzo de 2014, el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores ­ IIMV de Espana cursa invitacion a la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, para que participe en las "Jornadas sobre Derivados e Infraestructuras de Mercado", que se llevaran a cabo del 12 al 14 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica Argentina; Que, las mencionadas jornadas tienen como objetivo analizar la organizacion y estructura de las actividades de post ­ contratacion en la region; la regulacion y fiscalizacion de instrumentos derivados; asi como los estandares y recomendaciones sobre infraestructuras de mercados financieros y derivados, convirtiendose en una excelente oportunidad para profundizar e intercambiar experiencias en las materias MORDAZA senaladas; Que, en ese sentido, la Superintendencia del MORDAZA de Valores ha designado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor de la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, para que participe en las citadas jornadas, en atencion a que las funciones de dicha area estan relacionadas con los temas a tratarse en el mencionado evento; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece, respecto a los viajes al exterior por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, que para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolucion Suprema; Que, en consecuencia, siendo de interes institucional para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, resulta pertinente autorizar el viaje solicitado, cuyos viaticos son asumidos conjuntamente por el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores de Espana y la Superintendencia del MORDAZA de Valores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en la Ley N° 30114,

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