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El Peruano Sábado 10 de mayo de 2014 522803 CONSIDERANDO: Que, LINDA ENERGY S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2368426 de fecha 14 de febrero de 2014, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Los Héroes, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito, provincia y departamento de Tacna, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 207-2014-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de LINDA ENERGY S.A.C., que se identifi cará con el código N° 26341314, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Los Héroes, para una capacidad instalada estimada de 40 MW, los cuales se realizarán en el distrito, provincia y departamento de Tacna, por un plazo de doce (12) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 358 562,0626 8 009 580,0065 2 359 662,0626 8 009 580,0065 3 360 109,6887 8 009 300,3923 4 359 222,6707 8 008 776,1609 5 359 248,1102 8 008 733,1163 6 360 154,9965 8 009 269,0900 7 360 845,8145 8 008 564,1152 8 360 689,6202 8 008 411,6991 9 359 339,5192 8 008 523,3264 10 359 332,8814 8 008 310,8305 11 358 562,0626 8 008 310,0065 Artículo 3.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1079489-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 087-2014-IN Lima, 9 de mayo de 2014 VISTO, el Ofi cio N° 226–2014–DIRASINT–PNP/SEC del 21 de abril de 2014, suscrito por el Coronel de la Policía Nacional del Perú Director de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, solicitando la formulación de la resolución autoritativa de viaje de personal policial en comisión del servicio a la República Argentina, del 12 al 16 de mayo de 2014, para ejecutar la extradición activa de la ciudadana peruana Ana Carolina Graciela ALVA RAEZ. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 008-2014- JUS del 22 de enero de 2014, se accede a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana Ana Carolina Graciela ALVA RAEZ, formulada por el Quincuagésimo Segundo Juzgado Penal de Lima con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada Procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la salud pública - tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano, y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 143-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 22 de abril de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio del 12 al 16 de mayo de 2014, de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Luz Liliana VELARDE MIRAVAL y la Subofi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Merly CARRANZA DELGADO, a la República Argentina, para que ejecuten la extradición activa de la ciudadana peruana Ana Carolina Graciela ALVA RAEZ; Que, con Memorándum Múltiple Nº 170-2014- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 24 de abril de 2014, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio, que irrogará gastos al Estado peruano, por concepto de viáticos de las mencionadas Subofi ciales que serán sufragados con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 Ministerio del Interior, y por concepto de pasajes, impuestos e indemnización de gastos de viaje para el personal policial y la extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la atorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú.