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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (18/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 84

El Peruano Sábado 18 de abril de 2015 550898 1.7 OTRAS OPCIONES DE MIMETIZACIÓN: Atendiendo a las características especiales de cada proyecto, los Operadores y Proveedores de Infraestructura Pasiva pueden proponer a los Municipios la implementación de otras opciones de mimetización no contempladas en el Anexo 2, decidiendo estos últimos si la alternativa es viable o no. En este supuesto, corresponde a las partes realizar las coordinaciones directas previas a la instalación de la Infraestructura de Telecomunicaciones a fin de acordar la viabilidad de la propuesta de mimetización no contemplada en el Anexo 2. La falta de acuerdo respecto a la viabilidad no afecta el derecho del Operador o del Proveedor de Infraestructura Pasiva de implementar cualquiera de las opciones contempladas en el Anexo 2. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones actualiza trimestralmente el Anexo 2 considerando las mejores prácticas nacionales e internacionales sobre Mimetización de Antenas e Infraestructura de Telecomunicaciones. El Anexo 2 se publica en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SECCIÓN II: ANTENAS DE MENOR DIMENSIÓN SUJETAS A AUTORIZACIÓN ESPECIAL 1.1. ANTENAS DE MENOR DIMENSIÓN INTERCONECTADA A UNA ESTACIÓN DE RADIOCOMUNICACIÓN CENTRALIZADA Entiéndase como antenas de menores dimensiones a aquellas de tamaño no mayor a un metro de altura, de diseño compacto y mimetizadas de fábrica. Forman parte de la antena de menor dimensión los elementos accesorios tales como: cajas metálicas, abrazaderas y otros elementos de sujeción necesarios para su instalación. Las dimensiones de las cajas metálicas no serán superiores a 600mm×400mm×300mm1. Se podrán instalar este tipo de antenas sobre postes de hasta doce metros de altura, siempre y cuando estén considerados en el Plan de Obra de la Estación de Radiocomunicación autorizada a la que hace referencia el numeral 13.2 del Artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 29022. A continuación se muestra de manera referencial un tipo de antena de menor dimensión y sus elementos accesorios: 1 Las unidades están en milímetros (mm).