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El Peruano Sábado 18 de abril de 2015 550915 Director Nacional de Seguimiento y Evaluación, y de la señorita Gladys Vanessa ZORRILLA GARAY, Asesora de la Dirección Ejecutiva, del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, a la ciudad de París, Francia, del 25 de abril al 1º de mayo de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- DISPONER que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución sean cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, conforme al siguiente detalle: Pasajes en tarifa económica: FEE de emisión Viáticos x 2 ($ 540.00 x 4 días de comisión y 1 día de instalación y traslado) $ 5084.00 $ 115.4 $ 5,400 Total $ 10,599.4 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno, las personas a que se contrae el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar ante el Titular de la entidad un informe respecto de las acciones realizadas durante la comisión de servicios efectuada. Artículo 4º.- DISPONER la entrega de copia de la presente Resolución a los interesados y a las instancias pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS A. ANDERSON Presidente Consejo Directivo 1226089-1 COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a EE.UU. y Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 065-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 18 de marzo de 2015 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado la realización del evento “Door to Door Estados Unidos”, a realizarse en las ciudades de Houston, San Antonio, Dallas y Austin, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 27 al 29 de abril de 2015, con el objetivo de proporcionar de modo directo información especializada y actualizada de los destinos turísticos que el Perú ofrece, a fi n de impulsar la comercialización de nuestro destino y al mismo tiempo obtener información acerca de la percepción de los tour operadores respecto a la venta del destino Perú, así como del comportamiento del segmento de hispanos en Estados Unidos de América; Que, asimismo, se ha previsto la participación en el evento “Global Travel Market -GTM”, a realizarse del 30 de abril al 3 de mayo de 2015, en la ciudad de Tucson, Estado de Arizona, Estados Unidos de América, evento que reúne a los principales agentes de viaje de la costa oeste de los Estados Unidos, con la fi nalidad de renovar la oferta de viaje de estos agentes con nuevos productos, lo que permitirá interactuar con ellos sobre los destinos turísticos que el Perú ofrece, con el objetivo de incrementar la llegada de turistas de la costa oeste de Norte América al Perú; Que, por tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim y Cecilia Milagros Berrocal Perez Albela, quienes prestan servicios en dicha Dirección, a las ciudades de Dallas, Austin, Houston, San Antonio y Tucson, Estados Unidos de América, para que en representación de PROMPERÚ desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en los eventos antes mencionado; Que, la Ley N° 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim, a las ciudades de Dallas, Austin y Tucson, Estados Unidos de América, del 25 de abril al 4 de mayo de 2015 y Cecilia Milagros Berrocal Perez Albela, a las ciudades de Houston, San Antonio y Tucson, Estados Unidos de América, del 25 de abril al 4 de mayo de 2015, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante los eventos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim: - Pasajes Aéreos : US $ 1 536,00 - Viáticos (US$ 440,00 x 8 días) : US $ 3 520,00 Cecilia Milagros Berrocal Perez Albela: - Pasajes Aéreos : US $ 1 627,00 - Viáticos (US$ 440,00 x 9 días) : US $ 3 960,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1225622-1