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El Peruano Viernes 24 de abril de 2015 551225 VMI-MC de fecha 10 de abril de 2015 y el Memorando N° 131-2015-VMI/MC de fecha 10 de abril de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica, que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este último tiene como áreas programáticas de acción, el Patrimonio Cultural de la Nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, mediante Carta de fecha 8 de abril de 2015, el Asesor (e) de Asuntos Internacionales y de Cooperación del Despacho Ministerial del Ministerio de Cultura de Colombia, en referencia al proyecto “Elaboración de diccionarios electrónicos semibilingües para la documentación y preservación de las lenguas nativas de las fronteras entre Perú y Colombia” que vienen desarrollando expertos de la Dirección de Lenguas Indígenas del Ministerio de Cultura de Perú y del Instituto Caro y Cuero de Colombia; solicita a la Viceministra de Interculturalidad, se designe un equipo de expertos de la Dirección de Lenguas Indígenas para participar en la reunión que se llevará a cabo del 27 al 30 de abril de 2015, en la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia, con motivo del proyecto antes descrito; Que, en dicho documento se señala que la referida reunión tiene como fi n perfeccionar los detalles técnicos y logísticos del piloto con el que iniciará el proyecto en mención, así como la capacitación de la delegación peruana en el uso del software con el cual el Instituto Caro y Cuero tiene actualmente el Diccionario electrónico sáliba – español, el diseño de plantillas y el ingreso de información en formato de audio, imagen, video y texto. Que, con Informe N° 48-2015-DLI-DGPI-VMI-MC de fecha 10 de abril de 2015, la Dirección de Lenguas Indígenas propone a la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas la participación del señor Agustín Panizo Jansana en la reunión que se convoca, precisando que la misma se da en el marco de las actividades preparatorias del Plan de Trabajo Binacional Peruano Colombiano para el Desarrollo de Actividades a favor de la Diversidad Cultural y Lingüística de ambos países, y en concreto, dentro de las actividades preparatorias del proyecto antes indicado, por lo que su participación fortalecerá las acciones de cooperación entre Perú y Colombia en materia de salvaguarda de los conocimientos y las lenguas indígenas; Que, a través del Informe N° 56-2015-DGPI-VMI-MC de fecha 10 de abril de 2015, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas respalda la propuesta de participación del señor Agustín Panizo Jansana en la reunión que se llevará a cabo con motivo del proyecto “Elaboración de diccionarios electrónicos semibilingües para la documentación y preservación de las lenguas nativas de las fronteras entre Perú y Colombia”, elevándolo al Viceministerio de Interculturalidad; Que, con Memorando N° 131-2015-VMI/MC de fecha 10 de abril de 2015, el Viceministerio de Interculturalidad autoriza la participación del señor Agustín Panizo Jansana en la reunión antes referida, solicitando se le autorice el viaje en comisión de servicios para concurrir al evento; Que, en vista de la importancia que tiene para el Perú el evento antes descrito y el interés institucional de participar en él a través de un representante del Viceministerio de Interculturalidad, a fi n de fortalecer las acciones de cooperación que se vienen realizando con el Ministerio de Cultura de Colombia para la promoción y salvaguarda de las lenguas indígenas, se estima por conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Agustín Panizo Jansana, a la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia, del 26 de abril al 1 de mayo de 2015; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo que deben ser canalizadas a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizadas por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modifi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Agustín Panizo Jansana, a la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia, del 26 de abril al 1 de mayo de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Agustín Panizo Jansana Pasajes: US $ 1 074,13 Viáticos US $ 1 850,00 (US$ 370 x 4 días + 1 día de instalación) Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor indicado en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión de servicios. Artículo 4º.- El viaje autorizado no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura 1229092-6 DEFENSA Disponen llamamientos ordinarios para la incorporación voluntaria al Servicio Militar Acuartelado, en la Fuerza Aérea del Perú, correspondiente al año 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 348-2015 DE/FAP Lima, 22 de abril de 2015