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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (24/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Viernes 24 de abril de 2015 551240 CONSIDERANDO: Que, el artículo 35° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM, señala que el Consejo de Minería es el órgano jurisdiccional administrativo en materia de minería y asuntos ambientales mineros encargado de conocer y resolver, en última instancia, todos los asuntos mineros y ejercer las demás funciones que le asigna la Ley General de Minería y normas legales reglamentarias y complementarias vigentes, dependiendo jerárquicamente del Ministro de Energía y Minas; Que, el artículo 95° del Texto Único Ordenado de La Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-92-EM, establece que el Consejo de Minería se compone de cinco vocales, quienes ejercerán el cargo por el plazo de cinco años; Que, el artículo 96° de la citada norma, establece que el nombramiento de los miembros del Consejo se hará por Resolución Suprema con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, debiendo recaer en personas de reconocida solvencia moral y versación minera y con no menos de diez años de ejercicio profesional o de experiencia en la actividad; Que, al encontrarse vacante una plaza del Consejo de Minería al haber culminado el periodo de designación del profesional que ocupaba dicha posición, corresponde nombrar al señor abogado Luis Federico Panizo Uriarte en el cargo de Vocal Titular del Consejo de Minería del Ministerio de Energía y Minas, por el período a que se refi ere el artículo 95° del Texto Único Ordenado de La Ley General de Minería; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 95° y 96° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar en el cargo de Vocal Titular del Consejo de Minería del Ministerio de Energía y Minas, por el periodo a que se refi ere el artículo 95 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, al señor abogado Luis Federico Panizo Uriarte. Artículo 2°.- La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1229092-8 INTERIOR Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 099-2015-IN Lima, 23 de abril de 2015 VISTOS; el Mensaje con referencia 2015/14/L/IDCC/ SV/mm de fecha 25 de febrero de 2015, de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL; y, el Memorándum Múltiple N° 161-2015-DIRGEN-PNP/EMP- OCNI de fecha 4 de abril de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Mensaje con referencia 2015/14/L/IDCC/ SV/mm de fecha 25 de febrero de 2015, la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL, hizo de conocimiento que la “Reunión del Grupo de Trabajo para Jefes de Unidades de Cibercrimen/América, Washington D.C.”, se llevará a cabo del 27 al 29 de abril de 2015, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, motivo por el cual hacía extensiva la invitación a los Jefes y/o sus Ayudantes de las distintas Unidades Nacionales de Cibercrimen, a fi n de que participen en el citado evento; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 277- 2015-DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 1 de abril de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estimó conveniente que se autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del 26 al 29 de abril de 2015, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del Coronel de la Policía Nacional del Perú José Santos Salvatierra Chirinos, Jefe de la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología de la Policía Nacional del Perú; y, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Luís Alberto Salazar Meza, Jefe de la División de Delitos de Terrorismo y Alta Tecnología de la Ofi cina Central Nacional de la Interpol – Lima, para que participen en la Reunión de trabajo mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 161-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 4 de abril de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorizó el viaje mencionado en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa correspondiente y señalando que el mismo irrogará gastos al Estado peruano; Que, las experiencia e información a adquirirse como resultado de la participación en la Reunión indicada, en asuntos sobre cibercriminalidad, procedimientos y herramientas para el análisis forense digital, permitirán facilitar la colaboración entre las diferentes Unidades Nacionales de Cibercrimen, redundando en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional y del país; debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación, por concepto de viáticos y pasajes aéreos (incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto), serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú José Santos Salvatierra Chirinos, Jefe de la