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El Peruano Viernes 24 de abril de 2015 551231 precedentes, correspondiente a las metas del 26 al 54 establecidas en el Anexo Nº 04 del Decreto Supremo N° 015-2014-EF; la evaluación del cumplimiento de las metas será realizada por determinadas entidades públicas en base a la información suministrada por los gobiernos locales. De esa manera, para las metas 26, 36 y 43 se realiza sobre la base de la información registrada por los gobiernos locales en el Sistema de Información de Obras Públicas a cargo de la Contraloría General de la República (CGR) al 31 de diciembre de 2014; para las metas 27 y 28 se considera la información remitida al Instituto Peruano del Deporte (IPD); para las metas 29 y 37 se considera la información remitida a la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (ST-CONASEC) del Ministerio del Interior (MININTER); para las metas 30 y 38 se considera la información remitida al Programa Nuestras Ciudades (PNC) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS); para las metas 33, 35 y 42 se considera la verifi cación in situ y la información remitida al Consejo Nacional de la Competitividad (CNC) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); para la meta 34 se considera la información remitida a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM); para la meta 39 se considera la información remitida a la Ofi cina del Medio Ambiente (OMA) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), para la meta 44 se considera la información remitida a la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente (MINAM); para las metas 45 y 51 se considera la información remitida a la Ofi cina General de Estadística e Informática (OGEI) del Ministerio de Salud (MINSA); para las metas 46 y 52 se considera la información remitida a la Dirección General de Promoción de la Salud (DGPS) del Ministerio de Salud (MINSA); para la meta 47 se considera la información remitida al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); para las metas 48 y 53 se considera la información remitida a la Dirección General de Gestión de Usuarios (DGGU) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); para la meta 50 se considera la información remitida a la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP); para las metas 41, 49 y 54 se utiliza la información registrada por los gobiernos locales en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF y cuya evaluación está a cargo de la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); y fi nalmente, la evaluación de las metas 31, 32 y 40 estarán a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en base a la información registrada por los gobiernos locales en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF, al 31 de diciembre de 2014; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público ha determinado una relación complementaria de Gobiernos Locales que han cumplido las metas N° 38: “Factibilidad y/o Expediente Técnico aprobado, según correspondan para PIP relacionado a disminución de riesgos y desastres”, las metas N° 31 y 40: Incremento en 12% y 14% (según corresponda) de la recaudación predial respecto a lo recaudado al 31 diciembre del 2013, la meta N° 35: “Emitir en un plazo de 05 días hábiles las autorizaciones de conexiones domiciliarias y utilizar el aplicativo informático para la tramitación de dichas conexiones domiciliarias”, la meta N° 39: “Diagnóstico de residuos sólidos de las actividades de construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores”, la meta N° 41, 49 y 54: Ejecución presupuestal de inversiones igual o mayor al 75% del PIM de inversiones y alineamiento estratégico del 75%, 70%, y 60% (según corresponda) o alineamiento competitivo del 40%, 30% y 25% (según corresponda), la meta N° 42: “Contar con TUPA acorde con la normatividad vigente y que fomente la inversión pública y privada y cumplir con emitir las Licencias de Funcionamiento en el plazo máximo de 10 días hábiles. En el caso de municipalidades provinciales deberán emitir Acuerdos de Consejo pronunciándose sobre la ratifi cación o no de la Ordenanza distrital”, la meta N° 43: “Registro de las obras en ejecución, en el Sistema de Información de Obras Públicas (INFObras)”, la meta N° 51: “Sostenibilidad del Padrón Nominal Distrital de Niños y Niñas menores de 06 años Homologado y Actualizado”, las metas 46 y 52: Sostenibilidad en el funcionamiento del Centro de Promoción y Vigilancia Comunal del Cuidado Integral de la Madre y el Niño, la meta N° 47: “Ejecución de al menos el 70% de los compromisos asumidos con las Instituciones Educativas (IIEE) públicas para la mejora de la infraestructura y/o equipamiento de sus servicios alimentarios en el marco de la Meta 20 (Qali Warma) del PI 2013”, las metas N° 48 y 53: “Mejora de la calidad de la información proveniente del empadronamiento por demanda ejecutada por las Unidades Locales de Focalización”, la meta N° 50: “Registro y funcionamiento de la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente – DEMUNA”, sobre la base del análisis de la información complementaria remitida por las dependencias competentes; Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2015- EF/50.01 se aprobaron los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente al 31 de diciembre de 2014; Que, a la fecha se cuenta con información complementaria que amplia los resultados de la citada evaluación, resultando necesario aprobar resultados complementarios de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, conforme lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8 de los procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 033-2015-EF; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y el artículo 8 de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del referido Plan, aprobado por Decreto Supremo Nº 033- 2015-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Modifi car el anexo de la Resolución Directoral Nº 004- 2015-EF/50.01, incorporando resultados complementarios a la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente al 31 de diciembre de 2014, conforme a los Anexos N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9, N° 10, N° 11 y N° 12 que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral, y ratifi car todo lo demás que contenga el anexo de la Resolución Directoral Nº 004-2015-EF/50.01, materia de modifi cación. Artículo 2.- Asignación de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal La asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015, se encuentra supeditada a las condiciones de otorgamiento de recursos vinculados a instrumentos de incentivos, a que se refi ere la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y modifi catoria. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como los Anexos referidos en el artículo 1, en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Dichos Anexos también deberán ser publicados en el portal electrónico institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público