Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2015 (24/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Lunes 24 de agosto de 2015 /

El Peruano

y Carreteras, el cual, según el artículo 29º de la misma norma, contiene las normas, guías y procedimientos para el diseño y utilización de los dispositivos de control del tránsito, así como las especificaciones y características de fabricación de los elementos de señalización y los protocolos técnicos que aseguran la compatibilidad de los sistemas de comunicación y control de semáforos; Que, el vigente Manual de Dispositivos de Control del Tránsito Automotor para Calles y Carreteras se encuentra aprobado por la Resolución Ministerial Nº 210-2000MTC/15.02; Que, de otro lado, de acuerdo con el artículo 60º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, tiene, entre sus funciones, la de formular y actualizar normas de carácter técnico y/o administrativas relacionadas con la gestión de infraestructura vial (estudios, construcción, rehabilitación, mejoramiento, mantenimiento y uso de caminos); Que, en ejercicio de tales funciones, la Dirección de Normatividad Vial planteó en el año 2013, la actualización del Manual de Dispositivos de Control del Tránsito Automotor para Calles y Carreteras, mediante la contratación de los servicios de una empresa consultora; Que, para tal efecto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones contrató los servicios del Consorcio INTRACCI (conformado por las empresas Ingeniería de Tráfico SL. Sucursal del Perú y Consultores y Contratistas de Ingeniería S.A.C.) a fin que formule la actualización de la citada norma; Que, luego de la actualización del manual y de otorgada la conformidad a los servicios de la mencionada consultora, la Dirección de Normatividad Vial ha presentado a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, con Informe Nº 001-2015-MTC/14.04 de fecha 08 de enero del 2015, el proyecto final. Asimismo, la citada dirección ha sustentado tal proyecto normativo, con Informe Técnico Nº 001-2015-MTC/14.04; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS-"Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general", señala, en su artículo 14º, que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de norma de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) días, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en concordancia con esta norma, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitió la Directiva Nº 001-2011-MTC/01-Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos de normas legales, aprobada por Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01; la cual ha previsto en su Numeral 6.2.5 que, en el caso de normas legales de rango inferior a una Resolución Viceministerial o a una Resolución de Secretaría General, la publicación se aprobará mediante la emisión del dispositivo legal que corresponda, según la Unidad Orgánica que proponga la norma; Que, de acuerdo con ello, y siendo que el Manual de Dispositivos de Control del Tránsito Automotor para Calles y Carreteras será aprobado por la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, mediante una resolución directoral (norma de rango inferior a las señaladas en el numeral 6.2.5 de la Directiva); la publicación del proyecto presentado deberá ser autorizada por esta Dirección General; Que, asimismo, la Directiva Nº 001-2011-MTC/01 ha establecido en su Numeral 6.3, que los comentarios, observaciones y sugerencias de los usuarios y administrados, se recibirán por escrito y mediante correo electrónico; Que, estando a lo señalado, resulta pertinente dictar el acto administrativo de autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, la Directiva Nº 001-2011MTC/01 y en uso de las facultades previstas en la Resolución Ministerial Nº 506-2008-MTC/02; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación del proyecto de actualización del Manual de Dispositivos de Control del Tránsito Automotor para Calles y Carreteras, en la Página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mintc.gob.pe., por un plazo

de treinta (30) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente resolución; con el objeto de recibir los comentarios, observaciones, y sugerencias de la ciudadanía en general. Tales opiniones podrán ser formuladas por: escrito (Jr. Zorritos Nº 1203-Cercado de Lima), vía fax (615-7841), o correo electrónico (proyectonormas@mintc.gob.pe); correspondiendo a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles la atención final de las mismas. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER N. ZECENARRO MATEUS Director General Dirección General de Caminos y Ferrocarriles 1277943-1

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD
Designan Jefe de Departamento del Departamento de Atención Especializada en Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento de la Dirección Ejecutiva de Atención Especializada en Oftalmología del Instituto Nacional de Oftalmología
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 437-2015/IGSS Lima, 21 de agosto de 2015 VISTO: El Expediente Nº 15-015759-001, que contiene el Informe Nº 389-2015-UFIyAP-ORRHH/IGSS y el Proveído Nº 367-2015-ORRHH/IGSS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalario y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en Institutos Especializados y Hospitales Nacionales, así como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y para brindar asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, el literal f) del artículo 11 del citado Decreto Legislativo dispone que el Jefe Institucional tiene por atribución, entre otras, designar y remover a los directivos y servidores de confianza de la entidad; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe/a de Departamento del Departamento de Atención Especializada en Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento de la Dirección Ejecutiva de Atención Especializada en Oftalmología del Instituto Nacional de Oftalmología, Nivel F-3, del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, por lo que resulta necesario designar al funcionario que ostentará dicho cargo; Que, mediante los documentos del Visto, la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, emite opinión favorable y recomienda la emisión del acto resolutivo correspondiente; Con la visación de la Secretaria General, de la Directora General de la Oficina de Recursos Humanos y del Director General (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo Nº 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios

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