Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (24/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 2

559924 NORMAS LEGALES Lunes 24 de agosto de 2015 / El Peruano PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan representante alterno del MINCETUR ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal denominada “Cadena de Valor de Camélidos Domésticos del Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239- 2015-MINCETUR Lima, 20 de agosto de 2015 VISTO, el Memorándum Nº 919-2015-MINCETUR/ VMT de la Viceministra de Turismo, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 079-2015- PCM se crea la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal, adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, denominada “Cadena de Valor de Camélidos Domésticos del Perú”, encargada de formular propuestas técnicas orientadas a la promoción, conservación, mejoramiento y aprovechamiento de la citada cadena, con la fi nalidad de contribuir a la mejora de las condiciones de vida de los pequeños y medianos productores de las zonas alto andinas; Que, la referida Comisión Multisectorial se encuentra integrada entre otros, por un representante titular y alterno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; Que, mediante Resolución Ministerial Nº114-2015- MINCETUR se designa a los representantes titular y alterno del MINCETUR ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal denominada “Cadena de Valor de Camélidos Domésticos del Perú”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 199-2015-MINCETUR se modifi ca el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº114-2015-MINCETUR, a fi n de designar al representante alterno ante la Comisión Multisectorial bajo comentario, designación que es necesario actualizar; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Resolución Suprema Nº 079-2015-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 199-2015-MINCETUR. Articulo 2.- Designar al señor Walter Infante Luis, como representante alterno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal denominada “Cadena de Valor de Camélidos Domésticos del Perú”. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio de Agricultura y Riego y al representante designado mediante la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1277416-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Instituto Tecnológico de la Producción - ITP DECRETO SUPREMO Nº 234-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción; Que, mediante Ley Nº 27267, se aprobó la Ley de Centros de Innovación Tecnológica (CITE), que tiene por objeto establecer los lineamientos para la creación, desarrollo y gestión de Centros de Innovación Tecnológica – CITE, con la fi nalidad de promover el desarrollo industrial, la artesanía, el turismo y la innovación tecnológica. De acuerdo al artículo 2 de la citada Ley, los CITE son entidades públicas o privadas que tienen por objeto promover la innovación, la calidad y productividad, así como suministrar información para el desarrollo competitivo de las diferentes etapas de producción industrial nacional; y, el desarrollo competitivo de las actividades artesanales y de servicios turísticos. Los CITE, además brindan servicios de control de calidad y certifi cación, asesoramiento y asistencia especializada y desarrollan programas de capacitación técnica; Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en su Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final, modifi ca la denominación del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP) por Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), con la fi nalidad de ampliar los servicios de investigación, desarrollo, innovación, adaptación, transformación y transferencia tecnológica, así como promover en el sector productivo el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, efectuar su promoción y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos; asimismo, dispuso la adscripción de los Centros de Innovación Tecnológica (CITE) de naturaleza pública en el ámbito del sector producción al ITP; Que, con Decreto Supremo Nº 010-2014-PRODUCE se crea el Programa Nacional de Diversifi cación Productiva cuyo objetivo general es contribuir con la generación de nuevos motores de crecimiento económico y potenciar los existentes, la mejora de la productividad, competitividad y del comercio interno, a través de la promoción y el desarrollo de la infraestructura productiva específi ca, en el ámbito de sus competencias, que conlleve a la diversifi cación productiva; Que, la Septuagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para Año Fiscal 2015, autoriza, durante el año fi scal 2015, al Ministerio de la Producción y entidades bajo su ámbito, a promover, formular, aprobar, ejecutar e implementar, en el marco del Plan Nacional de Diversifi cación Productiva, proyectos de infraestructura productiva específi ca, que incluye parques, áreas y espacios industriales; Que, la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece, entre otros, que el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) tendrá a su cargo la coordinación, orientación, concertación y califi cación de los Centros de Innovación Tecnológicos – CITE públicos y privados, así como las funciones establecidas en los literales b), c) y d) del artículo 8 de la Ley Nº 27267, Ley de Centros de Innovación Tecnológica y modifi catoria, y además, podrá crear e implementar Centros de Innovación Tecnológicos- CITE a nivel nacional; Que, la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción, con los Ofi cios Nºs. 328 y 329-2015- ITP/DE; así como con el Informe Nº 181-2015-ITP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto,