Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2015 (25/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de diciembre de 2015 /

El Peruano

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de personal del Viceministerio de Comercio Exterior a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 383-2015-MINCETUR Lima, 23 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, de acuerdo a la política general del Estado Peruano; Que, las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífico ­ TPP culminaron exitosamente en octubre de 2015; posteriormente, cumpliendo con el compromiso expresado por los Ministros de Comercio de los países integrantes de dicho Acuerdo, se publicaron de manera simultánea los textos negociados del TPP en idioma inglés, los cuales deben ser traducidos y verificados en el idioma español de forma previa a la firma de dicho Acuerdo; Que, en tal sentido, México, Chile y Perú, los tres países hispano hablantes miembros del TPP, responsables de la traducción al español de los textos del referido Acuerdo, acordaron realizar una reunión en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 05 al 14 de enero de 2016, para conjuntamente verificar y concluir la traducción al español de todos los capítulos y anexos del TPP; Que, por tanto, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice el viaje del equipo de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, que participarán en la reunión antes mencionada en representación del MINCETUR; Que, el artículo 10° de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del siguiente personal del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en la Reunión de verificación y conclusión de la traducción al español de los textos del Acuerdo de Asociación Transpacífico ­TPP, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, que se llevarán a cabo en las fechas que a continuación se indica:
Señores John Ramiro Cusipuma Frisancho Ernesto Emilio Guevara Lam Celia Pamela Beatriz Huamán Linares Andrea Ravelo Dávila Angela Juliana Vizcarra Pacheco Daisy Jennifer Olórtegui Marky Fechas del viaje Del 04 al 15 de enero de 2016

de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: John Ramiro Cusipuma Frisancho, Ernesto Emilio Guevara Lam, Celia Pamela Beatriz Huamán Linares y Andrea Ravelo Dávila:
Pasajes (US$ 1 299,89 x 04 personas) Viáticos (US$ 440,00 x 11 días x 04 personas) Angela Juliana Vizcarra Pacheco Pasajes Viáticos (US$ 440,00 x 07 días) Daisy Jennifer Olórtegui Marky: Pasajes Viáticos (US$ 440,00 x 10 días) : : : : : : US$ US$ US$ US$ US$ US$ 5 199,56 19 360,00 1 212,89 3 080,00 1 754,47 4 400,00

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1327307-1

CULTURA
Delegan en el Secretario General del Ministerio la facultad de suscribir convenio de cooperación interinstitucional con el Ministerio de Educación, a fin de unir esfuerzos y ejecutar acciones conjuntas que permitan el acercamiento de docentes a beneficios culturales, actividades y espacios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 461-2015-MC Lima, 23 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, bajo dicho marco normativo, a través de la Resolución Ministerial N° 003-2015-MC, de fecha 08 de enero del 2015, se delegó en el Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el año fiscal 2015, la facultad de suscribir convenios de encargo de gestión, de cooperación y/o colaboración interinstitucional u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, así como sus respectivas adendas; a excepción de aquellos que se suscriban con los Poderes del Estado, Ministerios, Organismos Autónomos contemplados en la Constitución Política del Perú y con instituciones u organismos internacionales, los cuales radican únicamente en la Titular del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el Ministerio de Cultura viene coordinando con el Ministerio de Educación, la suscripción de un convenio de cooperación interinstitucional que tiene como objeto unir esfuerzos y ejecutar acciones conjuntas que permitan el acercamiento de los docentes, comprendidos en lo

Del 04 al 11 de enero de 2016 Del 05 al 15 de enero de 2016

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio

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