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570193 NORMAS LEGALES Lunes 28 de diciembre de 2015 El Peruano / CONCEPTO CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA COSTO UNITARIO % DE DEDICACIÓN % DE DEPRECIACIÓN COSTO MENSUAL COSTO TOTAL Unidad Central de Proceso- CPU Lenovo (2013) 3 Unidad 2,992.38 50% 25% 93.51 93.51 Silla giratoria de metal (2014) 3 Unidad 377.60 50% 10% 4.72 4.72 Silla giratoria de metal (2014) 9 Unidad 377.60 25% 10% 7.08 7.08 TOTAL COSTO DEPRECIACION 120.39 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES Servicios de Terceros Servicio de Mensajería 1 Servicio 62,620.68 100% 62,620.68 62,620.68 Servicio de impresiónde cuponera 1 Servicio 158,005.42 100% 158,005.42 158,005.42 Servicio de Alquiler de 01 Equipos de Computo 1 Alquiler 80.00 100% 80.00 80.00 TOTAL COSTO Y GASTO VARIABLE 220,706.09 TOTAL COSTO DIRECTO 237,132.13 COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS COSTO DE MANO DE OBRA INDIRECTA PERSONAL EN PLANILLA Subgerente de Registro y Orientación Tributaria 1 Persona 4,519.14 20% 903.83 903.83 DEPRECIACIÓN DE EQUIPOS Y MUEBLES Monitor LED Lenovo (2013) 1 Unidad 405.71 20% 25% 1.69 1.69 Teclado Keyboard Lenovo (2013) 1 Unidad 76.73 20% 25% 0.32 0.32 Unidad Central de Proceso- CPU Lenovo (2013) 1 Unidad 2,992.38 20% 25% 12.47 12.47 TOTAL COSTO INDIRECTO Y GASTOS ADMINISTRATIVOS 918.31 COSTOS FIJOS Energía Eléctrica 1 Suministro 8,493.43 1.11% 94.28 94.28 Agua 1 Suministro 2,039.62 0.97% 19.78 19.78 TOTAL COSTOS FIJOS 114.06 COSTO TOTAL 238,164.50 ESTIMACION DE INGRESOS Tasa por Servicio de Emisión Mecanizada/ Impuesto Predial y Arbitrios Contribuyentes Estimación de Ingresos 3.36 64,000 215,040 Tasa por predio adicional Predios adicionales Estimación de ingresos 0.26 67,277 17,492.02 Total de estimación de ingresos 232,532.02 97.64% Total costo servicio de emisión 238,164.50 Diferencia 5,632.48 1326433-1 Aprueban prórroga de vigencia de la Ordenanza N° 432/MM hasta el último día hábil del mes de junio de 2016 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2015/MM Mirafl ores, 11 de diciembre de 2015 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 432/MM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 07 de diciembre de 2014, se aprobó otorgar benefi cios tributarios para la presentación de la declaración jurada de inscripción o de aumento de valor así como para la regularización de deudas tributarias generadas por la omisión a la inscripción, rectifi cación de datos de los predios o como resultado del