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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2015 (06/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

El Peruano Martes 6 de enero de 2015 544066 Que en virtud a lo establecido en el artículo 122º del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil- RENIEC, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social (GRIAS) es el órgano de línea encargado de la prevención y atención del problema de la indocumentación a través de acciones operativas concretas que permitan hacer accesible el derecho al nombre y a la identidad de la población en situación de vulnerabilidad, considerando los enfoques de derecho, genero e interculturalidad, teniendo a su cargo la formulación y ejecución de los planes institucionales contra la indocumentación; Que mediante Resolución Jefatural Nº 396-2013/ JNAC/RENIEC (27DIC2013) publicada en el diario ofi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2013, se dispuso ampliar la vigencia de la gratuidad en todo tipo de trámites para la obtención y expedición, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, que se realicen en campañas de desplazamientos, durante el año 2014; Que mediante documentos de vistos, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social propone continuar con los criterios contenidos en la Resolución Jefatural Nº 396-2013-JNAC/RENIEC citada, para el periodo 2015; para lo cual informa sobre las metas obtenidas durante los años 2011, 2012, 2013, avances en el 2014, y proyecciones para el año 2015 (15,000 trámites de DNI), así como el presupuesto ejecutado, en el marco de ejecución de las Resoluciones Jefaturales de gratuidad emitidas durante dichos periodos, dirigidas a las personas adultas mayores de 65 años; Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que la Sub Gerencia de Planifi cación de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto señala que la meta propuesta por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social (15,000) permitirá cubrir la necesidad de atención a la población mayor de 65 años de edad, considerada en situación de vulnerabilidad, así como cerrar brechas de indocumentación y la meta física propuesta, como parte de los productos del Programa Presupuestal, deberá estar incluida en la Resolución Jefatural de aprobación de los trámites gratuitos de DNI para las personas mayores de 65 años de edad, así como el Plan Operativo Institucional 2015 del RENIEC; Que la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, a través del documento de vistos señala que el presupuesto asignado para el año 2015, tiene previsto una asignación presupuestal a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social para la ejecución de la campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI) durante todo el año 2015, para las personas adultas mayores de 65 años de edad, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013-JNAC/RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la ampliación de la vigencia de la gratuidad en todo tipo de trámites para la obtención y expedición del DNI, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, que se realicen en campañas de desplazamiento, desde el primer día útil del mes de enero hasta el 31 de diciembre de 2015. Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios con que cuenta la institución para el año 2015, y su ejecución será en la medida que se ejecuten los trámites respectivos. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Tecnología de la Información, de Administración, de Planifi cación y Presupuesto y de Registros de Identifi cación . Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1184287-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Prorrogan vigencia del beneficio de pago de deudas tributarias y no tributarias, aprobado por Ordenanza Nº 021-2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 20-2014-MPC-AL Callao, 29 de diciembre de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 021-2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 4 de diciembre del 2014, se conceden benefi cios para el Pago de Deudas Tributarias y Administrativas “Cierra el Año sin Deudas”, estableciendo un régimen de benefi cios que incentiven el pago del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto a la Alcabala, Arbitrios Municipales, Multas Administrativas, así como aquellas deudas que se encuentren acogidas a fraccionamientos tributarios y/o sanciones administrativas y que se encuentren vencidos durante la vigencia de dicha Ordenanza, teniendo como fecha de culminación del benefi cio el 29 de diciembre del 2014; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 021-2014, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicación del referido dispositivo normativo, así como para disponer la prórroga correspondiente, de ser necesario; Que, se ha verifi cado que existe un número considerable de contribuyentes con la intención de acogerse a los benefi cios otorgados mediante la citada Ordenanza Municipal, por lo que resulta conveniente prorrogar su vigencia hasta el 30 de enero del 2015; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1.- Prorrogar, la vigencia del benefi cio de pago de deudas tributarias y no tributarias, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 021-2014, hasta el 30 de enero del 2015. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde del Callao 1184132-1