Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2015 (06/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Martes 6 de enero de 2015

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Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los Procedimientos Administrativos 1 g), 1 h), 9 d), 25), 26), 27), 30), 31) 32), 33), 39), Anexo N° 8, Anexo N° 9, Anexo N° 13, Anexo N° 15, e incorporar los procedimientos 48), 49) y los Anexos N° 20 y N° 21 en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC vigente, quedando su texto conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Jefatural. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional www.reniec.gob.pe. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 1184287-1

Presupuesto; los Informes N° 000256-2014/GPP/SGR/ RENIEC (26NOV2014) y N° 000279-2014/GPP/SGR/ RENIEC (26DIC2014), emitidos por la Sub Gerencia de Racionalizacion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe N° 000006-2014/SGEN/RENIEC (30DIC2014), emitido por la Secretaria General, los informes N° 0004532014/GAJ/SGAJR/RENIEC (05DIC2014) y N° 000479-2014/ GAJ/SGAJR/RENIEC (31DIC2014), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoria Juridica Registral de la Gerencia de Asesoria Juridica, las Hojas de Elevacion N° 000725-2014/ GAJ/RENIEC (05DIC2014), N° 000783-2014/GAJ/RENIEC (29DIC2014) y N° 000793-2014/GAJ/RENIEC (31DIC2014), emitidas por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a los articulos 177° y 183° de la Constitucion Politica del Peru, como organismo constitucionalmente MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno, goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que mediante la Resolucion Jefatural N° 184-2013/ JNAC/RENIEC, publicada en el diario oficial El Peruano el 07 de junio de 2013, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC); Que mediante la Resolucion Jefatural N° 217-2013/ JNAC/RENIEC, publicada en el diario oficial El Peruano el 06 de MORDAZA de 2013, se incorporo los procedimientos administrativos 42, 43, 44a, 44b, 44c, 44d, 45, 46, 47a y 47b; asi como modifico los procedimientos administrativos 1b, 1c, 1d, 1e, 1f, 1h, 1i y 5 en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC; Que mediante la Resolucion Jefatural N° 309-2013/ JNAC/RENIEC, publicada en el diario oficial El Peruano el 18 de octubre de 2013, se modifico los procedimientos administrativos 1d) 1e), 27), 43) y Anexo N° 15 en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC; Que a traves de los documentos de vistos, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto formula la modificacion de los procedimientos administrativos y anexos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la entidad, en merito de las coordinaciones realizadas con los diversos organos y unidades organicas, atendiendo las observaciones efectuadas por la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia de Consejo de Ministros; Que en ese contexto, la Secretaria General mediante documento de vistos senala que la propuesta de modificacion de los procedimientos administrativos y anexos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la entidad presentada por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, ha cumplido con los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del MORDAZA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, establecidos en el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, el Decreto Supremo N° 062-2009-PCM y en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM; razon por la cual, emite opinion favorable con relacion a su aprobacion a cargo de la Jefatura Nacional, en aplicacion de lo previsto en el numeral 11.5 del articulo 11 del citado Decreto Supremo; Que el articulo 37° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establece que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), con el objetivo de brindar a la ciudadania en general la informacion sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante la Institucion; Que la Sub Gerencia de Asesoria Juridica Registral de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante el documento de vistos, concluye que corresponde la aprobacion de la modificacion de los procedimientos administrativos y anexos al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC, a traves de la emision del correspondiente acto resolutivo; Que a fin de hacer de conocimiento de los administrados la modificacion de los procedimientos administrativos y anexos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del RENIEC, resulta necesario la publicacion de la presente Resolucion Jefatural; y Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, la Secretaria General y la

Aprueban ampliacion de vigencia de gratuidad en todo MORDAZA de tramites para la obtencion y expedicion del DNI, para personas adultas mayores de 65 anos de edad, a nivel nacional, que se realicen en campanas de desplazamiento
RESOLUCION JEFATURAL N° 314 -2014/JNAC/RENIEC MORDAZA, 31 de diciembre de 2014 VISTOS: El Informe Nº 000029-2014/GRIAS/SGFI/ RENIEC (31OCT2014) y la Hoja de Elevacion Nº 0001302014/GRIAS/SGFI/RENIEC (15DIC2014) emitidos por la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando Nº 0001051-2014/GRIAS/RENIEC (15DIC2014) de la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevacion Nº 000298-2014/GPP/RENIEC (26DIC2014) de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 003517-2014/GPP/SGP/RENIEC (26DIC2014) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000177-2014/GPP/SGPL/ RENIEC (26DIC2014) de la Sub Gerencia de Planificacion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000480-2014/GAJ/SGAJR/RENIEC (31DIC2014) de la Sub Gerencia de Asesoria Juridica Registral de la Gerencia de Asesoria Juridica y la Hoja de Elevacion Nº 000795-2014/GAJ/RENIEC (31DIC2014) de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el articulo 183º de la Constitucion Politica del Peru es competencia funcional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitucion Politica del Estado como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad juridica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificacion que los individualice de los demas;

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