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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2015 (12/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Lunes 12 de enero de 2015 544614 Metropolitana, así como de las Direcciones Regionales de Salud Callao, Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, Loreto y Ucayali, ante el riesgo de la transmisión del Virus Chikungunya (CHIKV), a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial y hasta que el Ministerio de Salud, previo pronunciamiento de la Ofi cina General de Defensa Nacional, informe ofi cialmente que tal situación ha dejado de ser una amenaza para la población de las referidas jurisdicciones. Artículo 2º.- Disponer que el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, las Direcciones de Salud, así como las Direcciones Regionales de Salud Callao, Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, Loreto y Ucayali, de conformidad a lo establecido en la Directiva N° 036- 2004-OGDN/MINSA-V.01, “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, aprobada con Resolución Ministerial N° 517-2004/MINSA, puedan incrementar la alerta al nivel que corresponda, siempre que el área comprometida se encuentre en el ámbito de su jurisdicción. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Defensa Nacional a través del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, las Direcciones de Salud, así como las Direcciones Regionales de Salud Callao, Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, Loreto y Ucayali se encarguen de difundir, supervisar y evaluar la aplicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Las acciones que se deriven de la aplicación de la presente Resolución Ministerial se sujetarán a las normas legales vigentes. Artículo 5º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1186744-2 ORGANISMOS EJECUTORES SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Designan Asesor Técnico del Área de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura del SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 205-2014-02.00 Lima, 9 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, es una entidad de tratamiento especial adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, de conformidad con lo dispuesto en e! artículo 1º de la Ley de Organización y Funciones , aprobada por Decreto Legislativo Nº 147, concordante con lo establecido en el artículo 2º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 45-2014-02.00 de fecha 10 de marzo de 2014, se encarga al Arquitecto Oscar Genaro Reyes Carranza, las funciones y responsabilidades al cargo de Asesor Técnico del Area de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura, Categoría D2, hasta que se designe al titular, sin perjuicio de continuar atendiendo el objeto del Contrato Administrativa de Servicio Nº 122-2013- VIVIENDA/SENCICO-07.04; Que, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece en su artículo 3º que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1º de tal Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29º del Estatuto del SENCICO, es atribución del Consejo Directivo Nacional, entre otras, la de designar, ratifi car o remover al personal de confi anza que específi camente lo califi que en tal calidad el Reglamento de Organización y funciones, así como fi jar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado artículo 29º establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Órgano, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo Nº 1091-01 del Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO , adoptado en su Sesión Ordinaria de fecha 19 de febrero de 2014, se delegó al Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del artículo 29º del Estatuto antes acotado; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor Técnico, resulta procedente designar como su titular al Ingeniero Juan Carlos Viladegut Moreno, a partir del 09 de diciembre de 2014; y dar por concluido el encargo efectuado al Arquitecto Oscar Genaro Reyes Carranza en el referido puesto; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 147, inciso j) del artículo 33º de su Estatuto del SENCICO, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, y su modifi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; y las facultades delegadas mediante Acuerdo del Consejo Directivo Nacional Nº 1091-02, de fecha 19 de febrero de 2014; Con el visto del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Gerente de Administración y Finanzas, del Jefe de la Ofi cina de Secretaria General (e), del Asesor Legal y del Gerente General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir del 09 de diciembre de 2014, la encargatura efectuada al Arquitecto Oscar Genaro Reyes Carranza, del cargo de confi anza de Asesor Técnico del Área de Desarrollo, Mantenimiento e infraestructura, categoría D2, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la construcción-SENCICO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a partir del 09 de diciembre de 2014, al Ingeniero Juan Carlos Viladegut Moreno, en el cargo de confi anza de Asesor Técnico del Área de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura, Categoría D2, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO. Artículo 3º.- La Gerencia General queda encargada en la parte que le compete, del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ARTURO NICOLÁS RAMOS RODRÍGUEZ Presidente Ejecutivo 1186334-1