TEXTO PAGINA: 7
El Peruano Lunes 12 de enero de 2015 544617 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestario, conforme lo señalado en los Decretos Supremos N° 058-2011-PCM y N° 035-2007-EM; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, prevé que las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegarse dicha facultad mediante disposición expresa, la cual debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Ley N° 30281, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM; señala que el Presidente del Consejo Directivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, es el responsable de dirigir y supervisar la marcha institucional y representa al Consejo Directivo ante las autoridades del Sector y ante otras instituciones públicas y privadas; Que, asimismo, el artículo 9° del ROF del INGEMMET establece que la Secretaría General es la más alta autoridad administrativa de la entidad; Que, con la fi nalidad de coadyuvar a una mejor gestión en la administración de los recursos asignados, en materia presupuestal, que permita al INGEMMET cumplir de forma efi ciente y efi caz con las funciones de su competencia; así como, con los objetivos y metas trazadas en los instrumentos de gestión, resulta pertinente delegar en la Secretaría General determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego durante el Año Fiscal 2015; Con visación de la Secretaría General y de los Directores de las Ofi cinas de Administración, Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 7° del Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría General del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades en materia presupuestal: 1.1 Aprobar la formalización de Notas de Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411. 1.2 Suscribir la Ficha Técnica del Indicador de Desempeño, establecida en la Directiva N° 005-2012- EF/50.1 “Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2012” aprobado por Resolución Directoral Nº 017-2012-EF/50.01, según lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 018-2014-EF/50.01 de fecha 22 de julio de 2014. 1.3 Aprobar las Directivas internas en el marco de la Ley de Presupuesto y modifi catorias. Artículo 2°.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 3°.- La Secretaría General deberá dar cuenta a la Presidencia del Consejo Directivo del INGEMMET, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de cada mes, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en el Artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA G. VILCA ACHATA Presidenta del Consejo Directivo 1186357-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Delegan en el Secretario General (e) diversas funciones asignadas al Titular del Pliego del SENACE RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-2015-SENACE/J Lima, 5 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certifi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, como Organismo Público Técnico Especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley Nº 27446 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y sus normas reglamentarias; Que, el Numeral 7.3 del Artículo 7º de la mencionada Ley establece que la Jefatura ejerce la representación legal del SENACE, así como la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la Ley) dispone que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante Resolución sus competencias en materia de contratación pública, con excepción de lo relacionado a la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento de la citada Ley; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 063-2014- SENACE del 30 de diciembre de 2014, se dispuso delegar en el señor Erick Santiago Soriano Bernardini (en adelante, señor Soriano) —con efectividad al 05 de enero de 2015—, en adición a sus funciones como Asesor de la Jefatura Institucional, las funciones de la Secretaría General del SENACE;