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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (09/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Lunes 9 de febrero de 2015 546452 Localidad: INCAICO-JOSE OLAYA-NUEVO SAN MARTIN Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 248 97.5 252 98.3 277 103.3289 105.7 - Total de canales: 4 - La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. - Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Localidad: NUEVO CHANCHAMAYO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 216 91.1236 95.1276 103.1 288 105.5 - Total de canales: 4 - La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. - Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HENRRY ZAIRA ROJAS Viceministro de Comunicaciones (e) 1198080-1 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en FM en localidad del departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 75-2015-MTC/03 Lima, 4 de febrero del 2015 VISTO, el Expediente Nº 2014-002597, presentado por el señor CARLOS EDUARDO SANJINES CATEÑO sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chota-Lajas, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 909- 2013-MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Público Nº 01-2013-MTC/28, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chota- Lajas, departamento de Cajamarca; Que, con fecha 25 de septiembre del 2013, se llevó a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres Nº 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 01-2013-MTC/28, adjudicándose la Buena Pro al señor CARLOS EDUARDO SANJINES CATEÑO para la autorización del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chota-Lajas, departamento de Cajamarca; Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial Nº 101-2004- MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades del departamento de Cajamarca, entre las cuales se encuentra la localidad de Chota-Lajas; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la localidad de Chota-Lajas, establece 0.5 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modi fi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, establece que las estaciones que operen en el rango mayor a 250 W. hasta 500 W. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasi fi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, el señor CARLOS EDUARDO SANJINES CATEÑO, no se encuentra obligado a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, mediante Informe Nº 2511-2014-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que el señor CARLOS EDUARDO SANJINES CATEÑO ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 01-2013-MTC/28, así como con la presentación de la documentación técnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Público N° 01-2013-MTC/28, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Chota-Lajas, departamento de Cajamarca, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 101-2004-MTC/03 y sus modi fi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor CARLOS EDUARDO SANJINES CATEÑO, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad