Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2015 (10/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Martes 10 de febrero de 2015

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REQUISITOS MONTO DEPENDENCIA DON DE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RECURSO IMPUGNATIVO RESUELVE EL TRAMITE A INTERPONERSE

DENOMINACION

7. Declaracion jurada de que la Lotizacion cumple con lo dispuesto con los planos urbanos aprobados y la Ordenanza Nº 341 y sus modificaciones 8. Declaracion jurada por el cual se comprometen a concluir con el MORDAZA de Habilitacion MORDAZA en el termino de 180 dias calendario 9. Derecho de tramite incluido inspeccion ocular.

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen horario para el deposito de los residuos solidos, domiciliarios o comerciales, en las vias publicas del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2015/MDSM San MORDAZA, 28 de enero de 2015 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Memorando Nº 083-2015-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, asi como el Informe Nº 026-2015-GAJ/MDSM cursado por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el Informe Nº 005-2015-GSCMA/ MDSM elaborado por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente y el Informe Nº 008-2015-SGLPGSCMA/MDSM remitido por la Subgerencia de Limpieza Publica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, concordantes con lo previsto en el articulo II del titulo preliminar de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los numerales 3.1 y 4.1 del articulo 80º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, disponen que las municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, tienen como funcion, entre otras, proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, ademas de administrar y reglamentar dicho servicio, ademas del tratamiento de residuos solidos, cuando esten en capacidad para hacerlo; Que, el articulo 67º de la ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en concordancia con el articulo 10º de la ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, estipula que corresponde a los gobiernos locales priorizar medidas de saneamiento basico que incluyan la gestion y manejo, entre otros, de los residuos solidos, siendo estos responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de dichos residuos, ademas, de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion, debiendo contar con planes de manejo;

Que, la ordenanza Nº 295-MML, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA crea el Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos, en cuyo numeral 5), articulo 9º, se precisa que corresponde a las municipalidades distritales de la provincia de MORDAZA, determinar la frecuencia, el horario y las rutas de los vehiculos recolectores de residuos generados en los predios de su circunscripcion, en tanto que el numeral 5) del articulo 22º del mismo dispositivo, establece que las personas naturales y juridicas de derecho publico o privado son responsables de poner los recipientes para su recoleccion, dentro del horario establecido por la correspondiente municipalidad o entregarlos para la recoleccion y el transporte; Que, en ese contexto, con las autorizaciones de la Gerencia Municipal, mediante informe de vistos, la Subgerencia de Limpieza Publica propone establecer el horario para el deposito de residuos solidos domiciliarios y comerciales en las vias publicas del distrito entre las 19:00 y las 22:00 horas, contando con las opiniones favorables de las gerencias de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente y de Asuntos Juridicos; Estando a lo expuesto, con las autorizaciones de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asuntos Juridicos, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, Subgerencia de Limpieza Publica y con cargo a dar cuenta al concejo municipal, y en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA por el numeral 6) del articulo 20º y articulo 42º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo 1º.- ESTABLECER el horario desde las 19:00 hasta las 22:00 horas, para el deposito de los residuos solidos, domiciliarios o comerciales, en las vias publicas del distrito de San Miguel. Articulo 2º.- DISPONER que el administrado que incumpla las disposiciones del articulo precedente sea declarado infractor, imponiendosele la sancion correspondiente, de acuerdo al codigo Nº 1601 de la ordenanza Nº 236-MDSM, que aprueba el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS). Articulo 3º.- ENCARGAR a las subgerencias de Limpieza Publica y de Policia Municipal, el cabal cumplimiento del presente decreto de alcaldia. Articulo 4º.- PUBLICAR el presente dispositivo legal en el Diario Oficial El Peruano asi como en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanmiguel.gob.pe). Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BLESS CABREJAS MORDAZA 1198705-1

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