Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2015 (30/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

558352 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Jueves 30 de julio de 2015 /

El Peruano

cual solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV en el local ubicado en la Av. República Argentina N° 1153 y 1155, Distrito, Provincia y Departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", en adelante "La Directiva", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la citada Directiva, establece que el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diésel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio del motor para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, mediante Parte Diario N° 092488 de fecha 28 de mayo del 2015 la empresa denominada "GM CONVERSIONES S.A.C.", en adelante "La Empresa", solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV en las categorías M1, M2 y M3 en el local ubicado en la Av. República Argentina N° 1153 y 1155, Distrito, Provincia y Departamento de Lima, con la finalidad de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diésel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión; Que, de acuerdo al Informe Nº 1023-2015-MTC/15.03, elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa "GM CONVERSIONES S.A.C.", como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley N° 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV", aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada "GM CONVERSIONES S.A.C.", como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV en las categorías M1, M2, y M3 para la instalación del kit de conversión, actividad que deberá realizar en el local ubicado en la Av. República Argentina N° 1153 y 1155, Distrito, Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.La empresa "GM CONVERSIONES S.A.C.", bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Director General de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0200-2015-JUS Lima, 24 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0021-2013JUS se designó al señor abogado Roger Rafael Rodríguez Santander, en el cargo de Director de Programa Sectorial IV, Nivel F5, Director General de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, por convenir al servicio resulta necesario dar por concluida la designación señalada en el considerando precedente y designar al profesional que desempeñe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, con efectividad al 31 de julio de 2015, la designación efectuada al señor abogado Roger Rafael Rodríguez Santander, en el cargo de Director de Programa Sectorial IV, Nivel F5, Director General de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, con efectividad al 01 de agosto de 2015, al señor Juan José Álvarez Vita, en el cargo de Director de Programa Sectorial IV, Nivel F5, Director General de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1267922-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a "GM CONVERSIONES S.A.C.", como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular, actividad que deberá realizar en local ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3000-2015-MTC/15 Lima, 7 de julio de 2015 VISTO: El Parte Diario N° 092488, presentado por la empresa denominada "GM CONVERSIONES S.A.C.", mediante el

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