Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2015 (04/11/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

565636

NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Cumbre; ejerciendo la Presidencia del referido espacio de coordinación durante dicho período; Que, la IV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y Países Árabes (ASPA) se realizará en la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, del 08 al 11 de noviembre de 2015; y, de acuerdo a la comunicación remitida por la Secretaría de la Liga de Estados Árabes a los países del Foro, luego de las reuniones de los Consejos de Altos Funcionarios y de Ministros de Relaciones Exteriores, los días 10 y 11 de noviembre de 2015 se prevé una reunión que congregará a los Monarcas, Presidentes y Jefes de Estado y Gobierno de los Países de América del Sur y los Países Árabes; Que, debido a que la IV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y Países Árabes (ASPA), es un evento internacional en el que corresponde garantizar un adecuado nivel de representación del Estado peruano, resulta de interés institucional autorizar el viaje del Presidente del Consejo de Ministros, señor Pedro Álvaro Cateriano Bellido, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita; Que, asimismo, el Presidente del Consejo de Ministros viajará a la ciudad de Madrid, para sostener una reunión con la Vicepresidenta, Ministra de la Presidencia y Portavoz del Gobierno del Reino de España, y otras autoridades del citado Gobierno; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes que irrogue el presente viaje al exterior, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Pedro Álvaro Cateriano Bellido, Presidente del Consejo de Ministros, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, y a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 07 al 15 de noviembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema se realizarán con cargo al Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ 510 540 Total Número Viáticos de días US$ 3 2 2,610 TOTAL US$ 14,518.16

Autorizan viaje de Edecán del Presidente del Consejo de Ministros a Arabia Saudita y España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 257-2015-PCM Lima, 3 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente del Consejo de Ministros, Pedro Álvaro Cateriano Bellido, asistirá a una reunión que congregará a los Monarcas, Presidentes y Jefes de Estado y Gobierno de los Países de América del Sur y los Países Árabes, que se realizará los días 10 y 11 de noviembre de 2015, en el marco de la IV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y Países Árabes (ASPA), a realizarse en la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita; asimismo, viajará a la ciudad de Madrid, para sostener reuniones con autoridades del Gobierno del Reino de España; Que, en ambas actividades, estará acompañado por su Edecán, Capitán de Fragata AP Marco Antonio Goytizolo Castagnola; motivo por el cual, resulta conveniente autorizar su viaje al exterior; Que, los gastos que irrogue el presente viaje del Edecán del Presidente del Consejo de Ministros por concepto de viáticos y pasajes, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 001: Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Marco Antonio Goytizolo Castagnola, Edecán del Presidente del Consejo de Ministros, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, y a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 07 al 15 de noviembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema se realizan con cargo al Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ Viáticos Total Número por día Viáticos de días US$ US$ 510 540 3 2 2,610 TOTAL US$ 5,504.92

Pedro Álvaro 11,908.16 Cateriano Bellido

Nombre y Apellidos

Artículo 3.- Encargar el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros a la señora Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, Ministra de Relaciones Exteriores, a partir del 07 de noviembre de 2015 y en tanto dure la ausencia de su Titular. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1307650-2

Marco Antonio 2,894.92 Goytizolo Castagnola

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1307650-3

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.