Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2015 (05/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

Lunes 5 de octubre de 2015 /

El Peruano

Res. Nº 169-2015-GRA/GGR.- Modifican el artículo 1º de la Res. Nº 185-2013-GRA/PR-GGR que dispuso primera inscripción de dominio, a favor del Estado, de terrenos ubicados en el departamento de Arequipa 563387 Res. Nº 172-2015-GRA/GGR.- Disponen primera inscripción de dominio, a favor del Estado, de terreno eriazo ubicado en el departamento de Arequipa 563388

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza Nº 332-2015-MDC.- Ordenanza Municipal que establece el Programa de incentivos y beneficios tributarios 2015 563389 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Fe de Erratas Ordenanza Nº 1901 563389

Ordenanza Nº 223-2015/MDLV.Establecen procedimiento especial de regularización de Edificaciones sin Licencia en el Distrito de La Victoria 563391

SE RESUELVE:

PODER EJECUTIVO

CULTURA
Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Interculturalidad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 350-2015-MC Lima, 2 de octubre de 2015 Visto, el Memorándum N° 324-2015-VMI/MC de fecha 28 de setiembre de 2015, el Informe N° 397-2015-OGRHSG/MC de fecha 01 de octubre de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2013-MC, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; Que, por Resolución Ministerial N° 334-2014-MC se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, el cual fue objeto de reordenamiento mediante Resolución Ministerial N° 3362015-MC; Que, el referido Cuadro para Asignación de Personal contempla el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, como cargo de confianza y se encuentra vacante; Que, con Memorándum N° 324-2015-VMI/MC de fecha 28 de setiembre de 2015, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad propone designar, a partir del 13 de octubre del 2015, al señor Luis Alberto Negrón Bardález, como Asesor II del Viceministerio de Interculturalidad; Que, a través del Informe N° 397-2015-OGRH-SG/ MC del 01 de octubre de 2015, la Oficina General de Recursos Humanos señala que el señor Luis Alberto Negrón Bardález, cumple con los requisitos establecidos en el Manual Clasificador de Cargos vigente; Con el visado de la Viceministra de Interculturalidad, la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, la Resolución Ministerial N° 334-2014MC que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura;

Artículo Único.- Designar, a partir del 13 de octubre de 2015, al señor Luis Alberto Negrón Bardález en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Interculturalidad del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1295591-1

Autorizan ingreso excepcional a la Reserva Territorial Kugapakori, Nahua, Nanti y otros, de Representantes del Viceministerio de Interculturalidad y del Secretario Ejecutivo de un Comité de Seguimiento
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 024-2015-VMI-MC Lima, 30 de setiembre de 2015 VISTO, el Informe N° 161-2015-DGPI-VMI/MC de fecha 29 de setiembre de 2015, de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 19 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural, por lo que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, en este sentido, el artículo 89 de la Constitución Política del Perú prescribe que el Estado respeta la identidad cultural de las Comunidades Campesinas y Nativas; Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, el literal d) del artículo 4 de la Ley N° 29565, que creó el Ministerio de Cultura, señala como área programática de acción de este organismo del Poder Ejecutivo, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; asimismo, su artículo 15 prescribe que el Viceministro de Interculturalidad es la autoridad inmediata al Ministro de Cultura en asuntos de Interculturalidad e Inclusión de las Poblaciones Originarias; Que, el artículo 1 de la Ley N° 28736, Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, en concordancia con el artículo 1 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2007-MIMDES, tienen por objeto establecer el Régimen Especial Transectorial de Protección de los derechos de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana que se encuentran en

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