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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (08/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

563598 NORMAS LEGALES Jueves 8 de octubre de 2015 / El Peruano NÚMERO CÓDIGOPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS / SERVICIO BRINDADO EN EXCLUSIVIDADDERECHO TRÁMITE (S/.) 05.06.d) (NUEVO)LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES DE DETALLE - MAYOR A 800 M2 A 1100 M2 234.85 05.06.e) (NUEVO)LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES DE DETALLE - MAYOR A 1100 M2 A 3000 M2 354.20 05.06.f) (NUEVO)LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES DE DETALLE - MAYOR A 3000 M2 A 5000 M2 358.05 05.06.g) (NUEVO)LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES DE DETALLE - MAYOR A 5000 M2 A 10,000 M2358.05 05.06.h) (NUEVO)LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES DE DETALLE - MAYOR A 10,000 M2 A 20,000 M2492.80 05.06.i) (NUEVO)LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES DE DETALLE - MAYOR A 20,000 M2 A 50,000 M2631.40 05.06.j) (NUEVO)LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES DE DETALLE - MAYOR A 50,000 M2 A MÁS M2635.25 33 05.07) (NUEVO)INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PREVIA A EVENTO Y/O ESPECTÁCULOS PÚBLICOS HASTA 3000 ESPECTADORES196.35 3405.08 (S05.01 anterior)DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE INS- PECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES60.10 Secretaría General 3506.05 (NUEVO)PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN CON- VENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR A) SEPARACIÓN CONVENCIONAL B) DIVORCIO ULTERIOR400.00 274.30 Gerencia de Desarrollo Humano 36S07.02 (S07.02 anterior)DUPLICADO DE CARNÉ DE SANIDAD 5.20 Artículo Segundo.- ELIMINAR el procedimiento 05.05 “Pronunciamiento e n defensa civil para eventos y/o espectáculos públicos realizados en la vía pública o lugares no con fi nados (hasta 3000 espectadores) así como en locales diseñados para la realización de espectáculos y/o eventos” del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Isidro aprobado por Ordenanza N° 372-MSI y modi fi catorias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen sus correspondientes anexos en el Portal Institucional (www.munisanisidro.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y al órgano que corresponda su publicación en el local municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, la remisión a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen de la Estructura de Costos que sustenta el valor de las Licencias de Funcionamiento, para su publicación en el Portal Institucional (www.munisanisidro.gob.pe) y al órgano que corresponda, su publicación en el local municipal. Artículo Quinto.- El texto íntegro de la presente Ordenanza y Acuerdo de Concejo rati fi catorio, serán publicados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en su portal institucional (www.sat.gob.pe).Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que apruebe la rati fi cación de los derechos de tramitación de la modi fi catoria del TUPA aprobado por el Artículo Primero de la presente Ordenanza, y en la medida que se cumpla con la publicación dispuesta en el Artículo Tercero. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1296481-1 Aprueban modificación de procedimientos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA aprobado por Ordenanza N° 372-MSI y sus modificatorias DECRETO DE ALCALDÍA N° 017-2015-ALC/MSI San Isidro, 6 de octubre 2015EL ALCALDE DE SAN ISIDROVISTO: El Informe N° 1699-2015-1110-SSC-GAT/MSI de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente; el Memorándum N° 1032-2015-1100-GAT/MSI y Memorándum N° 1143-2015-1100-GAT/MSI de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 311-2015-0520-SDC-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y el Informe N° 257-2015-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que conforme el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Concejo Municipal mediante Ordenanza N° 372-MSI y sus modi fi catorias, aprobó la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Isidro, rati fi cada con Acuerdo de Concejo N° 2438-MML, ambas publicadas con fecha 25 de diciembre de 2014; Que, mediante Ordenanza N° 399-MSI de fecha 26 de agosto de 2015 se aprobó la actualización del TUPA de la Municipalidad de San Isidro, a fi n de cumplir con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM publicada el 02 de abril de 2015, que estableció el TUPA Modelo de los procedimientos administrativos de Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales; lo cual signi fi có la incorporación de procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad; resultando necesario ordenar correlativamente los códigos contenidos en el TUPA; Que, por otro lado, el artículo 53° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; establece que las personas jurídicas pueden intervenir en el procedimiento a través de sus representantes legales, quienes actúan premunidos de los respectivos poderes; razón por la cual resulta necesario adecuar el TUPA a lo dispuesto en la mencionada norma, para el caso de representación de personas jurídicas en determinados procedimientos administrativos; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2012-PCM-SGP, se aprobó la Guía de Simpli fi cación Administrativa para Gobiernos Locales,