Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2015 (13/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 13 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante carta de fecha 30 de julio de 2015, el señor Embajador de Chile en el Perú, Roberto Ibarra García, se dirige al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, a fin de invitarlo a participar en el "Primer Encuentro Binacional de Alcaldes Chile / Perú", organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, conjuntamente con la Embajada de Chile en Perú y con el auspicio del Instituto IDEA Internacional, a desarrollarse en Santiago de Chile, entre el 28 y 30 de octubre de 2015; Que, en la mencionada misiva el señor Embajador de Chile en el Perú, precisa que la invitación incluye los pasajes aéreos, transporte y estadía por dos noches en Santiago de Chile, desde el 28 al 30 de octubre de 2015; Que, los Artículos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 047 ­ 2022 ­ PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056 ­ 2013 ­ PCM, aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, independientemente del vínculo que tengan con el Estado; Que, asimismo, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobó por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco, en el "Primer Encuentro Binacional de Alcaldes Chile / Perú", organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, conjuntamente con la Embajada de Chile en Perú y con el auspicio del Instituto IDEA Internacional, a desarrollarse en Santiago de Chile, entre el 28 y 30 de octubre de 2015. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación del Alcalde la Municipalidad del Cusco, Carlos Moscoso Perea, en el evento arriba indicado. Artículo Tercero.- PRECISAR, que la invitación incluye los pasajes aéreos, transporte y estadía por dos noches en Santiago de Chile, desde el 28 al 30 de octubre de 2015, cubiertos por el Instituto IDEA Internacional; Artículo Cuarto.- OTORGAR, los viáticos según el detalle: ALCALDE, CARLOS MANUEL MOSCOSO PEREA Viáticos Nacionales, dos días. Viáticos Internacionales, dos días. Artículo Cuarto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, que el señor Alcalde la Municipalidad del Cusco, Carlos Moscoso Perea, deberá emitir un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y archívese. CARLOS MOSCOSO PEREA Alcalde 1297681-3

Designan funcionario responsable para brindar información que se solicite conforme la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 345-2015-MPC Cusco, 16 de julio de 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 28607 y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme con lo establecido en el Artículo 2º, numeral 5) de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en cumplimiento de éste, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM se aprueba su Reglamento; Que, conforme lo establece el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM,, concordado con el Artículo 3º, incisos b) y c) y el Artículo 4º del Reglamento, el Estado debe adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 036 ­ 2015 ­ MPC, se designó al señor Jhamil Randy Valle Cuba, como funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y al ser designado en otra área del Gobierno Municipal es que es preciso designar a otro funcionario responsable; Que, asimismo, existe la obligatoriedad de designar a los funcionarios responsables de entregar la información en virtud de la normativa reseñada; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, al Abog. Emerson Williams Loaiza Peña, Secretario General de la Municipalidad Provincial del Cusco, como funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y sus normas complementarias. Artículo Segundo.- DISPONER, que los funcionarios y servidores de la municipalidad proporcionen la información y documentación que solicite la Secretaria General en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como se proceda a colgarlo en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Provincial del Cusco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS MOSCOSO PEREA Alcalde 1297683-1

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