Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2015 (19/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

564092 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Lunes 19 de octubre de 2015 /

El Peruano

AGRICULTURA Y RIEGO
Oficializan evento denominado "I Congreso Internacional de Derivados Lácteos Cajamarca - Perú" a realizarse en el departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0505-2015-MINAGRI
Lima, 15 de octubre de 2015 VISTOS: El Oficio N° 045-2015-CODELAC, del Presidente de la Comisión Organizadora del "I Congreso Internacional de Derivados Lácteos Cajamarca - Perú", el Oficio Nº 1672-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE, de fecha 14 de octubre de 2015, del Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios y el Informe Técnico Nº 005-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE/JRM, de fecha 07 de octubre de 2015, de la Dirección de Negocios Pecuarios, sobre la solicitud de oficialización del mencionado Congreso Internacional; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997 modificado por la Ley N° 30048, el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, en el marco de sus competencias compartidas, promueve la organización de los productores agrarios, la identificación y estructuración de cadenas productivas y la gestión agraria basada en calidad; asimismo, establece los mecanismos que permite a los productores agrarios acceder a información relevante, y desarrollar y promover la investigación, capacitación, extensión y transferencia de tecnología; Que, es política del Ministerio de Agricultura y Riego, promover, fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios, con la participación activa de los agentes productivos, sean personas naturales o jurídicas, vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local; así como promover la inversión privada en el desarrollo del Sector Agricultura y Riego; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 27 del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, los congresos son eventos científicos, técnicos o académicos sobre intereses comunes relacionado con el desarrollo del Sector Agrario; su organización corresponde entre otros, a las universidades con facultades en ciencias agrarias o medicina veterinaria, organizaciones representativas de productores agrarios; Que, los artículos 9 y 15 del referido Reglamento establecen que el ahora MINAGRI autoriza las Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel nacional e internacional que se realicen en el país, mediante resolución ministerial, y a propuesta de la Dirección General de Promoción Agraria, cuyas funciones actualmente se encuentran a cargo de la Dirección General de Negocios Agrarios, conforme a los artículos 58, 59 y 62 del Reglamento de Organización y Funciones del MINAGRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI;

Que, mediante el primer Oficio de Vistos, el Presidente de la Comisión Organizadora del "I Congreso Internacional de Derivados Lácteos Cajamarca - Perú", solicita la oficialización del mencionado evento; Que, mediante el segundo Oficio de Vistos, la Dirección General de Negocios Agrarios, adjunta el Informe Técnico Nº 005-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE/JRM, de fecha 07 de octubre de 2015, el cual recomienda la oficialización del mencionado evento, para el logro de los objetivos de sus organizadores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, que aprueba el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar el evento denominado "I Congreso Internacional de Derivados Lácteos Cajamarca - Perú", a realizarse del 15 al 17 de octubre de 2015, en el Centro de Convenciones Ollanta de la ciudad de Cajamarca, provincia y departamento de Cajamarca, organizado por la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Cajamarca, la Coordinadora de Derivados Lácteos de Cajamarca ­ CODELAC y las instituciones que conforman este espacio institucional. Artículo 2.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- El Comité Organizador del evento a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, presentará al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, un informe final de su gestión, dentro de los treinta (30) días de finalizado el evento, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0650-2006-AG. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego

1300469-1

Encargan el puesto de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 036 - 001634: "Fondo MI RIEGO"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0506-2015-MINAGRI
Lima, 15 de octubre de 2015 VISTO: La Nota Nº 0377-2015-MINAGRI-OGPP/OPI, de fecha 17 de setiembre de 2015, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y la Resolución Ministerial Nº 0369-2015-MINAGRI, sobre la creación de

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu. com.pe. LA DIRECCIÓN

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