Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2015 (19/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

561840 PROVINCIAS

NORMAS LEGALES

Sábado 19 de setiembre de 2015 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA
Autorizan viaje de Alcalde a Brasil, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 082-2015-M.P.O. Oxapampa, 16 de septiembre de 2015. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 017-2015, de fecha 09 de septiembre de 2015, el Expediente Administrativo Nº 9993-2015 y Nº 10244-2015, con los Oficios Nº 012015-WLC/AE y Nº 02-2015-WLC/AE, presentados por el Asesor Externo de Asuntos Culturales, Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales; el Informe Legal Nº 453-2015-CPSV-OAJ-MPO, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su Competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, de acuerdo al artículo 41º de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, los Acuerdos de Concejo son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de acuerdo a los documentos de vistos, presentado por el Asesor Externo de Asuntos Culturales, Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales, quien informa que se tiene el Oficio Nº 11572015DEX, del Director Ejecutivo de la Fundación Cultural de Joinville, donde hace la invitación para el Encuentro de Comunidades de Habla Alemana de América Latina, en su versión XIII ­ CAAL, la misma que se desarrollará en la ciudad de Joinville, Estado de Santa Catalina en la República del Brasil, del 23 al 27 de septiembre del presente año, por lo que sugiere que en dicho evento se proponga la candidatura para la que la ciudad de Oxapampa sea sede del XV CAAL del año 2017; Que, de acuerdo al Inciso 11) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que, son atribuciones del Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, en Sesión de Concejo Ordinaria Nº 017-2015, realizada el día 09 de septiembre de 2015, se aprobó por unanimidad, autorizar al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Oxapampa Lic. Pedro Ubaldo Polinar, para que asista al CAAL XIII "Encuentro de Comunidades de Habla Alemana de América Latina", durante los días 23 al 27 de septiembre del presente año; Que, de conformidad con los artículos 9º y 41º de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y con el voto unánime de los Señores Regidores; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR, al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Oxapampa Lic. Pedro Ubaldo Polinar, para que asista al CAAL XIII "Encuentro de Comunidades de Habla Alemana de América Latina",

la misma que se desarrollará en la ciudad de Joinville, Estado de Santa Catalina en la República del Brasil, durante los días 22 al 28 de septiembre del presente año. Artículo Segundo.- PRECISAR, que como consecuencia del Artículo precedente, se APRUEBA conceder licencia al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, en sus actividades en el periodo antes señalado. Artículo Tercero.- AUTORIZAR el gasto por Comisión de Servicio que genere el viaje del Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Oxapampa. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas y Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se sirvan coordinar para cubrir los gastos y costos que irrogue dicho viaje. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- NOTIFÍQUESE, el presente Acuerdo de Concejo a las diferentes unidades orgánicas de la entidad, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO UBALDO POLINAR Alcalde 1288721-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban el nuevo tarifario por venta de nichos para adultos en el Cementerio Municipal de Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2015-MDCH Chancay, 21 de julio de 2015. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el informe Nº 00823-2015-MDCH/DGAySP, de la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, mediante el cual remite el proyecto de Ordenanza que Regula el Nuevo Tarifario por Venta de Nichos para Adultos en el Cementerio Municipal de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada mediante Ley Nº 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 075-2015MDCH, se autorizó el descanso físico vacacional y licencia al señor alcalde Juan Alberto Álvarez Andrade y se encargó el Despacho de Alcaldía, a la Teniente Alcaldesa CPC. Elizabeth Georgina Díaz Villalobos, quien ejercerá las funciones inherentes al cargo de Alcalde, mientras dure el descanso físico y licencia de su titular; Que, el Concejo Municipal cumple con su función normativa fundamentalmente a través de las Ordenanzas Municipales, las mismas que de conformidad con lo previsto por el Artículo 200º numeral 49 de la Constitución, tiene rango normativo de Ley, en su calidad de normas de carácter generales de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida por el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal tiene la atribución de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley;

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