Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2015 (30/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de setiembre de 2015 /

El Peruano

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban el Manual de Operaciones de Plan COPESCO Nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2015-MINCETUR
Lima, 25 de setiembre de 2015 VISTO: El Informe Nº 185-2015-MINCETUR/COPESCO/DE de fecha 4 de setiembre de 2015, emitido por el Director Ejecutivo de Plan COPESCO Nacional. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2015-MINCETUR, establece en el Artículo 74-S que "El Plan COPESCO Nacional es un órgano desconcentrado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dependiente de la Alta Dirección, que tiene por objeto formular, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar proyectos de inversión de interés turístico a nivel nacional; y prestar apoyo técnico especializado para a ejecución de proyectos turísticos a Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades públicas que lo requieran suscribiendo para el efecto los convenios de cooperación interinstitucional que corresponda. Se encuentra a cargo de un Director Ejecutivo que es designado por Resolución Ministerial. La organización y las funciones del Plan COPESCO Nacional serán aprobadas a través de un Manual de Operaciones."; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 432-2006-MINCETUR-DM, se aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Plan COPESCO Nacional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 002-20015-MINCETUR, establece que deben adecuarse los documentos de gestión que correspondan; Que, con el documento del visto, el Director Ejecutivo de Plan COPESCO Nacional, remite el proyecto de Manual de Operaciones de Plan COPESCO Nacional, el cual tiene por finalidad establecer la estructura orgánica, responsabilidades y ámbito de competencias de las unidades orgánicas del referido órgano desconcentrado, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 74-Sdel Decreto Supremo Nº 002-2015-MINCETUR; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario aprobar el "Manual de Operaciones de Plan COPESCO Nacional"; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2015-MINCETUR. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones de Plan COPESCO Nacional, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, el cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 432-2006-MINCETUR/DM de fecha 13 de diciembre de 2006, que aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Plan COPESCO Nacional, en el marco de las disposiciones legales vigentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) y en el Portal Institucional del Plan COPESCO Nacional (www.plancopesconacional.gob.pe), al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo

CULTURA
Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2015-MC
Lima, 28 de setiembre de 2015 Vistos, los Informes Nº 479, 483, 502, 534 y 551-2015-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 060-2015-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, el literal c) del artículo 7 de la citada ley dispone que, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el fomento de las artes, la creación y el desarrollo artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tales fines; asimismo el literal p) establece como una de sus funciones, la de coordinar con las entidades del Poder Ejecutivo y con la colaboración de otras entidades competentes, las acciones y actuaciones en el exterior que correspondan, en el ámbito de cultura, orientadas entre otras a la difusión y la promoción cultural en el exterior; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 099-2015MC de fecha 26 de marzo de 2015, se declaró de interés institucional la participación del Perú a través del Ministerio de Cultura en el "Festival Internacional Cervantino de México ­ FIC 2015" que se realizará del 07 al 25 de octubre de 2015, en las ciudades de Guanajuato y México D.F., Estados Unidos Mexicanos; por constituir estas acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, mediante los Informes Nº 479, 483, 502, 534 y 551-2015-DGIA-VMPCIC/MC la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, propone a los funcionarios que brindarán soporte logístico y técnico durante la participación del Perú, como país invitado de honor, en el Festival Internacional Cervantino de México; asimismo se indica el cronograma de actividades; Que, a través del Informe Nº 060-2015-VMPCIC/MC, el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales informa al Despacho Ministerial sobre las actividades que se realizarán como parte de la participación de Perú, como país invitado de honor, en el Festival Internacional Cervantino de México, tales como: Presentación de cuatro espectáculos artísticos como parte del Festival Cervantino; dos presentaciones adicionales en la ciudades de León y en México Distrito Federal; participación en la reunión del Grupo Técnico de Cultura de la Alianza el Pacífico; y, dos atenciones oficiales coordinadas con los organizadores del Festival; Que, asimismo, en el citado Informe se precisa que los funcionarios realizarán el soporte logístico y técnico durante la participación del Perú en el citado Festival; Que, con Memorando Nº 993-2015-OGA-SG/MC de fecha 22 de setiembre de 2015, la Oficina General de Administración hace de conocimiento que mediante Informe Nº 380-2015-OC-OGA/MC, la Oficina de Contabilidad informa que las solicitudes por concepto de viáticos se encuentran aprobadas; Que, asimismo, a través del Memorando Nº 1020-2015-OGA-SG/MC de fecha 25 de setiembre de 2015, la Oficina General de Administración ha actualizado el cálculo de viáticos, conforme el itinerario y programación de actividades remitidas por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, mediante Informe Nº 551-2015-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 24 de setiembre de 2015; posteriormente mediante Memorando Nº 1023-2015-OGA-SG/MC de fecha 28 de setiembre de 2015, remite actualizado la asignación de viáticos y el costo de pasajes de la señora Cecilia Del Rosario Herrera Zarco y del señor Pierre Emile Illa Vandoorne Romero; Que, los viáticos que irrogue la presente autorización de viaje cuentan con el Certificado de Crédito Presupuestario

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