Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2015 (30/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, cada uno de los comisionados deberá presentar ante la Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. En el mismo plazo, se deberá realizar la rendición de cuentas respectiva. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura

cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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ECONOMIA Y FINANZAS DEFENSA
Establecen lista de insumos directamente vinculados en los procesos productivos de la empresa Servicios Integrados de Limpieza S.A. - SILSA para los fines previstos en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 297-2015-EF/15
Lima, 29 de setiembre de 2015

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 874-2015-DE/SG
Lima, 29 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 657 del 28 de setiembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra de acuerdo a la lista adjunta al citado documento; Que, con Oficio Nº 3292 CCFFAA/D-2/DCI del 14 de agosto de 2015 y Oficio Nº 003556-2015-IN-SG del 17 de setiembre de 2015, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Secretaria General del Ministerio del Interior, respectivamente, emiten opinión favorable para el ingreso al país del citado personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República del 30 de setiembre de 2015 al 19 de marzo de 2016, con la finalidad de brindar apoyo a los miembros del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Estando a lo opinado por la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Secretaría General del Ministerio del Interior; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a nueve (09) militares de los Estados Unidos de América, del 30 de setiembre de 2015 al 19 de marzo de 2016, con la finalidad de brindar apoyo a los miembros del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé

VISTO: La Carta Nº 103-2015-GG-SILSA y la Carta Nº 122-GG-SILSA-2015 de la empresa Servicios Integrados de Limpieza S.A. ­ SILSA; CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, establece que los insumos directamente utilizados en los procesos productivos por las empresas del Estado que se dediquen a la producción de bienes o prestación de servicios, pueden ser contratados a proveedores nacionales o internacionales mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, a precios de mercado, siempre que se verifique una situación de escasez acreditada por el Titular de la Entidad; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final señala que no se requiere la verificación de una situación de escasez en el caso de empresas que por la naturaleza de su actividad requieran un suministro periódico o continuo, incluyendo la entrega en un solo acto de los insumos, bienes o servicios; Que, la lista de insumos directamente vinculados en los procesos productivos de cada empresa, es establecida mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la empresa Servicios Integrados de Limpieza S.A. - SILSA ha solicitado la emisión de la lista de los insumos que intervienen directamente en sus procesos productivos; Que, resulta conveniente atender la solicitud formulada por la mencionada empresa; De conformidad con la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1. Establecer que los insumos directamente vinculados a los procesos productivos de la empresa Servicios Integrados de Limpieza S.A. ­ SILSA, para los fines previstos en la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, son los detallados en la Lista que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2. Transcribir la presente Resolución Ministerial al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado -OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas

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