Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2016 (11/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 11 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Poder Judicial, Resolución Jefatural N° 154-2016-SUNARP-Z.R.N° IX/JEF, Informe N° 013-2016-ADM-CSJV-PJ; y, CONSIDERANDO: Primero: La Ley N° 27728 regula la actividad que cumple el Martillero Público y su artículo 2° lo define como la persona natural debidamente inscrita y con registro vigente, autorizada para llevar a cabo ventas en remate o subasta pública; dicho registro se encuentra a cargo de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos ­ SUNARP. Segundo: El Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial aprobado mediante Resolución Administrativa N° 161-2015-CE-PJ, contempla en el rubro número 23, el procedimiento para la inscripción y revalidación de Martilleros Públicos en cada Distrito Judicial. Tercero: Con Informe de vistos, el Administrador Distrital de esta Corte Superior de Justicia solicita se efectúe la Convocatoria para la Inscripción y Revalidación en la Nómina de Martilleros Públicos para el presente año judicial, en mérito de la emisión de la Resolución Jefatural N° 154-2016-SUNARP-Z.R.N° IX/ JEF expedida por el Jefe (e) de la Zona Registral N° IX de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, que dispone la Habilitación Anual, para ejercer las funciones de Martillero Público durante el año 2016. Cuarto: En ese orden de ideas, resulta pertinente que esta Presidencia disponga la convocatoria para la Inscripción y Revalidación de los Martilleros Públicos en este Distrito Judicial, estableciendo para ello, el plazo de presentación de sus solicitudes, el cual será improrrogable.

Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la Convocatoria para la Inscripción y Revalidación de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, correspondiente al año judicial 2016. Los interesados deberán presentar sus solicitudes de Inscripción y Revalidación desde el día lunes 11 al viernes 15 de abril de 2016, en la Mesa de Partes de Presidencia; siendo dicho plazo improrrogable. Artículo Segundo.- DISPONER que en el presente Año Judicial sólo podrán ser considerados para actuar como Martilleros Públicos, aquellos profesionales que hayan cumplido con revalidar su inscripción en el Registro de Martilleros de este Distrito Judicial. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Gerente General del Poder Judicial, Jefe de la Oficina de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Servicios Judiciales, Oficina de Personal de esta Corte Superior de Justicia y demás interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1365991-1

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