Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2016 (11/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Lunes 11 de abril de 2016

NORMAS LEGALES
TERRENO De 0 a 100m2 Más de 100m2 US$ 823.2

582907
VALORIZACION US$ 6.17 x m2

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban Acuerdo de Concejo que autoriza la modificación de la renta mensual de los Contratos de Arrendamiento celebrados por la Municipalidad de Chorrillos respecto a los predios ubicados en el Cerro Marcavilca
ACUERDO DE CONCEJO N° 017-2016-MDCH Chorrillos, 30 de marzo del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA, Y; VISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 30 de marzo del 2016, el Informe N° 322-2016-GAJ-MDCH, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el cual se remite el Proyecto de Acuerdo de Concejo que autoriza la modificación de la renta mensual de los Contratos de Arrendamiento celebrados por la Municipalidad de Chorrillos respecto a los predios ubicados en el Cerro Marcavilca, y; CONSIDERANDO: Que, se remite la oficina de Asesoría Jurídica el Memorándum N° 082-2016-SG-MDCH de fecha 18 de Marzo de 2016, mediante el cual se requiere la modificación de la Renta Mensual de los Contratos de Arrendamiento celebrados por la Municipalidad de Chorrillos respecto a los predios ubicados en el Cerro Marcavilca, regulados en el Acuerdo de Concejo N° 0092008-MDCH. Con Acuerdo de Concejo N° 0009-2008-MDCH se estableció el criterio para determinar la Renta Mensual de los Contratos de arrendamiento a ser celebrados por la Municipalidad de Chorrillos, respecto a los predios ubicados en el Cerro Marcavilca, estableciéndose lo siguiente: de 0 a 100m2 una valorización de US$588.00 Dólares de los Estados Unidos de América; y, para más de 100m2 una valorización de US$ 4.41 Dólares de los Estados Unidos de América Que, en el numeral 29 del Artículo 9° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, concede al Concejo Municipal la atribución de aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales; concordante con el Numeral 35) la misma que le corresponde las demás atribuciones conforme a ley. Que, el Artículo 41° de la mencionada Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referida a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresen la voluntad del Órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, se justifica el incremento del valor de los terrenos de la Renta Mensual de los Contratos de Arrendamiento celebrados por la Municipalidad de Chorrillos respecto a los predios ubicados en el Cerro Marcavilca, toda vez que desde el año 2008 hasta la actualidad el valor de los terrenos de dicho sector han incrementado gradualmente por ser una zona de importancia para la trasmisión de frecuencia tanto para radio como para televisión. Motivo por el cual se recomienda actualizar la tasa de acuerdo al movimiento del valor del arancel de los predios de Chorrillos, procediéndose en incrementar la renta mensual tal como se detalla a continuación:

Estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Perú, y las facultades otorgadas por el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, por UNANIMIDAD el Pleno del Concejo Municipal: ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo que autoriza la modificación de la renta mensual de los Contratos de Arrendamiento celebrados por la Municipalidad de Chorrillos respecto a los predios ubicados en el Cerro Marcavilca. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Asesoría Jurídica el cumplimento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1365552-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Modifican el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad, aprobado por Ordenanza N° 309-MDSJL
ORDENANZA Nº 317 San Juan de Lurigancho, 22 de marzo de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 22 de marzo de 2015, el Informe Nº 0010-2016-GDE/MDSJL de fecha 11 de marzo de 2016, de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 156-2016-SGCOYS-GDE/ MDSJL del 10 de marzo de 2016, de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, el Informe Nº 060-2016-SGFYPE-GDE/MDSJL de fecha 11 de marzo de 2016, de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, y el informe Nº 036-2016-SGGRD-GDE/ MDSJL del 07 de marzo de 2016, de la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, sobre proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, aprobado por Ordenanza Nº 309; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) establece que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º inciso 4) de la Carta Fundamental;

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