Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2016 (01/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Lunes 1 de agosto de 2016 /

El Peruano

Que, la Ley Nº 29438, modifica el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario oficial "El Peruano" y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2010EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, encargada de fijar una metodología para construir un indicador estadísticamente confiable para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, ha elaborado el cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, aplicando la metodología aprobada por la referida Comisión Especial, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de julio 2016 y la variación acumulada, así como aprobar su publicación en el Boletín Mensual; y Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: diciembre 2011 = 100) correspondiente al mes de julio 2016, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.
AÑO / MES 2016 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO NÚMERO ÍNDICE BASE: Dic. 2011 114,18 114,37 115,06 115,08 115,21 115,39 115,60 VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL 0,42 0,17 0,60 0,02 0,11 0,16 0,18 ACUMULADA 0,42 0,58 1,19 1,21 1,32 1,48 1,66

Promedio Mensual al Consumidor a Nivel Nacional, y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de julio 2016 y la metodología de este indicador. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1409936-1

Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 263-2016-INEI Lima, 31 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91EF/93, se ha dispuesto que el Instituto Nacional de Estadística e Informática, publique mensualmente en el Diario Oficial "El Peruano", el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, luego de concluidos los trabajos iniciados en el año 2011, para actualizar la canasta de productos, ponderaciones y procedimientos metodológicos del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, se ha establecido como periodo Base: Diciembre 2013=100; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de julio de 2016, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información oficial del mencionado indicador; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar, el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de julio de 2016, así como su variación porcentual mensual y acumulada.
NÚMERO ÍNDICE (BASE: DICIEMBRE 2013=100) 104,129063 104,371647 104,065551 103,366032 103,286323 103,864684 103,555669 VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 0,03 0,23 -0,29 -0,67 -0,08 0,56 -0,30 0,03 0,26 -0,03 -0,71 -0,78 -0,23 -0,52

AÑO / MES 2016 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO

Artículo 2º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100), correspondiente al mes de julio 2016, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.
AÑO / MES 2016 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO NÚMERO ÍNDICE BASE: 2009 = 100 122,23 122,44 123,17 123,19 123,45 123,62 123,72 VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL 0,37 0,17 0,60 0,01 0,21 0,14 0,08 ACUMULADA 0,37 0,55 1,15 1,16 1,37 1,51 1,60

Artículo 2°.- Disponer, la difusión del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información oficial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2016. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1409936-2

Artículo 3º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información Oficial del Índice de Precios

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