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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2016 (21/08/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 27

597373 NORMAS LEGALES Domingo 21 de agosto de 2016 El Peruano / MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA ANEXO III ORDENANZA Nº 314 ESTIMACIÓN DE INGRESOS Y DETERMINACIÓN DE LA TASA DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL DÍAS De Lunes a Sábado HORARIO: De 09:00 AM a 19:00 HORAS PERIOCIDAD ANUAL (A) (B) (C) 1/ (D)= (A)*(B)*(C ) N° de espacios físicos N° de horas al día que se N° de fracciones por cada Cantidad de espacios disponibles presta el servicio 30 min. En una hora potenciales 775 10 2 15,500 (D ) 2/ (E ) (G)= (D)*(E ) Días Cantidad de espacios Porcentaje de uso de los Cantidad de espacios potenciales espacios por día usados efectivamente Lunes 15,500 50.00% 7,750 Martes 15,500 50.10% 7,765 Miercoles 15,500 50.00% 7,750 Jueves 15,500 51.40% 7,967 Viernes 15,500 52.70% 8,168 Sabado 15,500 55.80% 8,649 (F) 3/ Porcentaje de uso (G) 4/ Cantidad de promedio en una semana espacios usados efectivamente en una semana por cada 30 minutos 51.67% 48,049 (H) (I) (J) = (H)*(I) (K) 5/ Cantidad de espacios N° de semanas en el Cantidad de espacios Costo total por la usados efectivamente en periodo usados efectivamente en el prestación del servicio una semana por cada 30 min. periódo por cada 30 min. en el periódo 48,049 52 2,498,548 1,559,015.86 (L)= (K)/(J) (M) 6/ (J) (N)= (M)*(J) Costo por cada espacio Tasa a cobrar por Cantidad de espacios Ingreso proyectado en Tasa a cobrar por cada 30 min. usados efectivamente en el el periódo periodo por cada 30 min. 0.62 0.60 2,498,548 1,499,128.80 (N) (K) 5/ (Ñ)= (N) - (K) 7/ (O)= (N) / (K) Ingreso proyectado en el Costo total por la prestación Ingresos - Costos Porcentaje de cobertura periódo del servicio en el periódo 1,499,128.80 1,559,015.86 59,887.06 96.16% 1/ La cantidad de dos fracciones es fi ja debido a que en una hora existen dos fracciones de 30 minutos 2/ La cantidad de espacios potenciales es la misma para todos los días de la semana 3/ El promedio de porcentaje de uso de una semana no debe ser menor 50% 4/ La cantidad (H) corresponde a la suma de espacios usados efectivamente en una semana5/ El costo de la prestación del servicio resulta de la estructura de costos que cada municipalidad elabora6/ La tasa a cobrar (M) debe ser menor o igual al costo por espacio en 30 min (L)7/ El resultado de (Ñ) debe ser menor o igual a cero 1418336-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 281- MDPP, que otorgó beneficios tributarios y no tributarios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2016-DA/MDPP Puente Piedra, 12 de agosto del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 162-2016-GAT-MDPP de la Gerencia de Administración Tributaria, solicita prorroga de Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en la jurisdicción del Distrito de Puente Piedra, el Informe Legal Nº 217-2016-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ordenanza Nº 281-MDPP publicado en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 28 de Febrero del 2016, se procede otorgar Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción de Puente Piedra; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2016- DA/MDPP de fecha 12 de julio del 2016 se decretó en el Artículo Primero la prorroga hasta el 15 de Agosto del 2016 la vigencia de la Ordenanza Nº 281-MDPP; Que, mediante Informe Nº 162-2016-GAT/MDPP, la Gerencia de Administración Tributaria solicita la prorroga hasta el 30 de setiembre del 2016 la vigencia de la Ordenanza Nº281-MDPP que otorga los Bene fi cios